martes, 8 de julio de 2014

Santander: UGT rechaza que el SCS restringa los permisos por fallecimiento o enfermedad de familiar, incumpliendo la normativa del EBEP

La sección de Sanidad de la Federación de Servicios Públicos (FSP) de UGT rechazó hoy en un comunicado la nueva normativa impuesta por el Servicio Cántabro de Salud (SCS) en los días de permiso concedidos a su plantilla por el fallecimiento, enfermedad o accidente de un familiar, que a diferencia de lo estipulado en el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), se determinarán a partir de ahora en la región en función de unos baremos sobre la distancia kilométrica a recorrer por el beneficiario del permiso.
Según precisa UGT-Sanidad, “el Servicio Cántabro de Salud se saca ahora de la chistera unos nuevos requisitos para la concesión de los días de permiso por fallecimiento, accidente o enfermedad de familiares de primera o segunda consanguinidad con unos baremos de kilometraje, cuando el EBEP sólo los condiciona a que sean en la misma localidad o en otra localidad distinta a la residencia del familiar”.
“No es comprensible que ahora el Servicio Cántabro de Salud hable de distancias kilométricas de hasta 40 kilómetros, de 40 a 100 kilómetros y de más de 100 kilómetros para conceder a su antojo los días de permiso correspondientes, y más, cuando la normativa del Estatuto Básico del Empleado Público es muy clara para todos los empleados públicos españoles, sean de Cantabria o no”.
El sindicato aclara al respecto que la normativa del Estatuto Básico del Empleado Público no delimita los días de permiso por distancias kilométricas como impone ahora el Servicio Cántabro de Salud sino que “concede tres días hábiles para primer grado de consanguinidad o dos en segundo grado si es en la misma localidad o cinco y cuatro días respectivamente si la localidad del trabajador beneficiario del permiso es distinta a la del familiar”.

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