miércoles, 8 de febrero de 2017

Santander: El Gobierno quiere una Ley del Suelo que ayude a Cantabria a salir de la crisis y se adapte a la situación actual del urbanismo en la Comunidad Autónoma


La vicepresidenta del Gobierno de Cantabria, Eva Díaz Tezanos, y el director general de Urbanismo, Francisco González Buendía, han presentado hoy en rueda de prensa el contenido fundamental del anteproyecto de la Ley del Suelo, que consta de 323 artículos, y ha sido elaborado con una amplia participación de colectivos profesionales y entidades públicas y privadas.
"Queremos que este anteproyecto de ley se convierta en un instrumento que nos ayude a salir de la crisis y se adapte a la situación real del urbanismo en nuestra Comunidad Autónoma y en 2017", ha declarado Díaz Tezanos, quien ha recordado que la elaboración de esta norma es uno de los compromisos que adquirió al comienzo de la legislatura.
"Consideramos que el urbanismo es una función pública muy importante, que debe favorecer el acceso a la vivienda, la recuperación del patrimonio, los crecimientos compactos, poner límite a la dispersión de los asentamientos rurales y ofrecer a los municipios pequeños planeamientos más sencillos que los actuales", ha afirmado.
La vicepresidenta ha explicado que el Ejecutivo con esta ley quiere garantizar más seguridad jurídica al urbanismo de la región, teniendo en cuenta el número de viviendas con sentencias de derribo, la declaración de inconstitucionalidad de varias leyes y la anulación por los tribunales de planes generales municipales. Además, ha explicado que se trata de favorecer las actividades económicas y el empleo, los crecimientos urbanos necesarios y la protección de los valores ambientales cada vez más demandados por la ciudadanía.
El Gobierno, además, quiere facilitar la rehabilitación de viviendas y la regeneración urbana, la ocupación del suelo con prudencia, poner freno a la dispersión y promover los asentamientos urbanos y núcleos rurales más compactos.
Díaz Tezanos ha explicado que al anteproyecto de ley se comenzó a elaborar en octubre de 2015 sobre los pilares de la ley de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de 2001, el texto que elaboró el anterior Gobierno, y las propias novedades que ha aportado el equipo de trabajo de la Consejería.
La elaboración de este documento se ha basado en un amplio proceso de participación desde el origen con la intervención de colectivos profesionales y de las entidades públicas y privadas más representativas, que han aportado sus ideas en paralelo al trabajo de un grupo multidisciplinar constituido en el seno de la Consejería con la participación de profesionales privados y funcionarios públicos, expertos todos ellos en urbanismo.
Con todo ello, según ha relatado Díaz Tezanos, se elaboró un borrador del anteproyecto que se remitió de nuevo a todos los colectivos implicados y se publicó en el Portal de la Transparencia del Gobierno de Cantabria por un periodo de 20 días.
Según ha precisado González Buendía, hasta el pasado 2 de febrero se han presentado 18 alegaciones de diferentes corporaciones y de otros 14 ayuntamientos, y el Gobierno ha asumido en torno al 85% de las alegaciones planteadas.
Ahora el anteproyecto está en las secretarias generales de las Consejerías que elaborarán sus respectivos informes, posteriormente será sometido a los servicios jurídicos del Gobierno de Cantabria y se presentará en las reuniones de la COTU, del CAMAC (Consejo Asesor de Medio Ambiente dependiente del CIMA) y en la Mesa del Diálogo Social de Política Territorial, según ha explicado la consejera.
Posteriormente se someterá a aprobación en Consejo de Gobierno y se remitirá al Parlamento de Cantabria para su aprobación.
343 artículos para ordenar el urbanismo y el uso prudente del suelo
Díaz Tezanos, durante su intervención, ha señalado el contenido fundamental de este anteproyecto de ley que consta de 343 artículos y que unifica el régimen jurídico del suelo urbano, sin distinguir entre consolidado y no consolidado.
Así, la vicepresidenta ha explicado que el anteproyecto de ley centraliza en la CROTU la petición de informes sectoriales autonómicos en la elaboración del planeamiento, potencia la transparencia en materia de urbanismo, proponer crear un Registro Público de Planeamiento y Gestión que recogerá todas las figuras que se aprueben en la Comunidad Autónoma, crea las cédulas y certificados urbanísticos que deben emitir los Ayuntamientos, y en materia de ordenación del territorio procede a una regulación más detallada de los PSIR.
Además, se procede a una desclasificación automática del suelo urbanizable una vez transcurridos los plazos para proceder a su urbanización, se admite la posibilidad de que en el suelo urbanizable productivo se autorice previamente a la ejecución del sector alguna instalación compatible, garantizando la participación en el proceso de equidistribución. En el suelo no urbanizable se procede a una regulación detallada de los usos mineros en el subsuelo.
En lo que se refiere a los planes especiales, el documento mantiene la necesidad de Plan Especial para la construcción de viviendas en suelo no urbanizable, pero se introduce una transitoria que deja vigente la actual Disposición Transitoria 9ª durante el plazo de dos años (ahora era por tiempo ilimitado).
Otra de las novedades es la creación de un impuesto o tasa municipal para las actuaciones de carácter residencial no vinculadas al uso natural del terreno. Este impuesto, según ha explicado González Buendía, se pagará una sola vez, en el momento de solicitar la licencia de obra y su importe oscilará entre el 3% y el 5% del presupuesto de obra. Serán los ayuntamientos quienes lo determinen a través de sus ordenanzas fiscales, según ha precisado.
Se procede a una mayor flexibilización de los distintos instrumentos de planeamiento y así los planes parciales, planes especiales o estudios de detalle, podrán en determinados casos modificar el Plan General, y se introducen medidas para la eficiencia energética o para la accesibilidad que ya figuran en la legislación estatal y no contemplaba la norma de 2001.
Uno de los aspectos importantes de la norma es que se facilita la elaboración de los planes especiales en suelo no urbanizable, con medidas de fomento por parte de la Comunidad Autónoma, al tiempo que se simplifican los trámites para su aprobación. Así, el Gobierno dará apoyo técnico incluso económico para la elaboración de estos planes que ahora solo requerirán una aprobación inicial, trámite de información pública y aprobación definitiva en la CROTU.
Por otra parte, se fija en la cantidad de 5.000 personas el límite para el pequeño municipio, se modifica la concepción del Avance, como un sencillo documento; se simplifican los trámites necesarios para la aprobación de los distintos instrumentos urbanísticos, y se introducen las normas urbanísticas transitorias en caso de anulación del planeamiento o por causa de interés público.

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