viernes, 3 de febrero de 2017

Santander: El BOC publica las ayudas para 2017 a las inversiones a bordo de los buques pesqueros


El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publica hoy el extracto de la Orden de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación, de 31 de enero de 2017, por la que se convocan para el presente año las ayudas a las inversiones a bordo de los buques pesqueros, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) 2014-2020.
Con carácter general, podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente Orden los pescadores o propietarios de buques pesqueros, personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de agrupación de aquéllas que reúnan los requisitos establecidos en la Orden de convocatoria, así como los exigidos para este tipo de ayuda en el resto de su normativa reguladora.
La convocatoria, para el año 2017, de las ayudas a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a las inversiones a bordo de los buques pesqueros reguladas en los artículos 32, 38, 40, 41 y 42 del Reglamento (UE) nº 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014 relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, siempre que dichos buques tengan su puerto base en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Las bases reguladoras de estas ayudas se establecen en la Orden MED/1/2017, de 18 de enero, publicadas en el BOC nº 16, de 24 de enero de 2017.
Cuantía
La ayuda establecida en la presente Orden, que será cofinanciada por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, se concederán con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2017, con una cuantía total máxima de 500.000,00 euros.
La intensidad de ayuda pública concedida para las operaciones descritas en esta Orden no puede exceder del 50% de los gastos subvencionables, siendo el resto financiado por el beneficiario como contribución privada, cumpliendo así con lo establecido en el artículo 95 del Reglamento (UE) nº 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca.
Presentación de solicitudes
Las solicitudes se presentarán en el plazo de cuatro meses a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria de la presente Orden en el BOC. Sólo se podrá presentar una solicitud por buque, comprensiva de todas sus inversiones, dentro de dicho plazo.
Las solicitudes se podrán presentar en el Registro de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación (C/ Albert Einstein, 2, PCTCAN, C.P. 39011 Santander), y en cualquier otro registro o lugar de los previstos en el artículo 105, de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, debiéndose adjuntar a la misma la documentación prevista en la presente Orden.
Asimismo, se podrán presentar las solicitudes a través de registros telemáticos conforme a las disposiciones de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

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