miércoles, 8 de febrero de 2017

Cartas al director: La CROTU deniega la legalización de una vivienda unifamiliar en Ongayo (Suances)


Un vecino del municipio de Suances ha enviado un escrito a este blog sobre una resolución de la CROTU del pasado 31 de enero de 2017.
Se trata de un asunto silenciado y opaco, que tiene dos sentencias firmes en contra, donde se pone de manifiesto la forma de proceder del Ayto de Suances. La construcción pertenece al actual alcalde pedáneo de Ongayo por el PRC.
El alcalde-concejal de obras de Suances, Sr. Ruiz Moya (PSOE), ha actuado obviando en todo momento las denuncias recibidas y la legislación vigente.
Se solicitó una licencia para construir una vivienda unifamiliar en suelo rústico no urbanizable en 1999 ( desde 2001, LOTRUSCA, suelo rústico de especial protección agropecuaria), acogiéndose al artículo 44.2 de la antigua ley del suelo de 1978. Nunca se presentó la autorización CROTU pertinente como requería dicha ley. Se dio licencia de obra sin dicho documento y sin cumplir los requisitos previos solicitados a la misma. Alcalde, Ignacio Coterillo (PRC), teniente alcalde y alcalde de Ongayo, Guillermo Blanco (PRC).
Se inició la obra en un tiempo desconocido, Alcalde, Francisco Gómez Blanco (PRC), concejal de obras Andrés Ruiz Moya (PSOE).
En 2007 aparece la primera denuncia, el técnico municipal, Santiago Villanueva, resuelve con un informe de paralización de obra; (se ha edificado una losa de hormigón y una pared de cerámica). Este informe se obvia.
A partir de ese momento, la vivienda se ejecuta a toda prisa y se finaliza a finales de 2008. Alcalde Andrés Ruiz Moya.
El Sr. Ruiz Moya se niega a resolver dicha situación y el asunto termina en el juzgado de lo contencioso nº1 de Santander. 2013.
La vivienda se habita ilegalmente, con licencia de primera ocupación negativa, y la técnico jurídico municipal, Norma Pardo Pérez, se remite al artículo 47 de la Constitución Española, a pesar de que estas personas poseen otra vivienda perfectamente legal en Torrelavega, como dice el registro de la propiedad nº1. La misma letrada obvia la referencia que se le solicita del artículo 14 de la misma Constitución.
El Ayto envía el expediente al Consejo de Estado, quien resuelve que es el propio Ayto quien debe tomar la decisión y respetar la Ley de Suelo de Cantabria.2014.
Aun así, el expediente se dilata en el tiempo y no se cumple sentencia hasta abril de 2016, fecha en que se tramita dicho expediente en la CROTU. Dicho expediente ha dormido inexplicablemente 8 meses en Consejería de Presidencia, aunque fue denegado desde el principio.
Supuestamente, la intención del Sr. Ruiz Moya es dilatar en el tiempo todo lo posible esta situación, ya que en el borrador del nuevo PGOU de Suances, si se llega a tramitar, contempla una recalificación del terreno ad hoc para este caso y esta persona en concreto.
Julio César Ricciardiello Llamosas, DNI 13939043P. julioricciardiello@gmail.com

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