El Gobierno autonómico publicará mañana una resolución disponiendo la apertura de un periodo de información pública sobre el anteproyecto de Ley de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de Cantabria, que se está tramitando para adaptarse a la norma estatal e introducir las novedades de la Administración Electrónica.
La Consejería de Presidencia y Justicia ha cerrado ya una primera redacción de esta norma, que se adapta y se actualiza a la legislación básica estatal, y ha considerado conveniente abrir un periodo de información pública, que permita mejorar el texto con las aportaciones que los ciudadanos, entidades e instituciones quieran realizar.
El anteproyecto, tal y como recogerá el Boletín Oficial de Cantabria del día de mañana, estará a disposición de los interesados en la sede autonómica de Peña Herbosa y en el Portal de Transparencia, dentro de la sección de Participación de Ciudadana (participacion.cantabria.es). Se podrán presentar alegaciones por escrito ante el Ejecutivo autonómico hasta el 5 de mayo.
Como novedades más destacadas, la futura Ley de Gobierno unifica en una misma norma y detalla la iniciativa normativa, tanto la legislativa, previa a la tramitación parlamentaria, como la reglamentaria. También incluye por primera vez a todo el sector público institucional, es decir, no solo las entidades de naturaleza pública sino también privada, como son las sociedades mercantiles o las fundaciones en las está presente el Ejecutivo.
La reforma impulsada incorpora las novedades legislativas en el ámbito de la Administración Electrónica, que hasta el momento carecía del presente nivel legal.
El consejero de Presidencia y Justicia, Rafael de la Sierra, ha resaltado que el Gobierno ha tratado de conservar el mayor número de previsiones de la Ley vigente, "sin llevar a cabo una modificación radical de sus postulados fundamentales", lo que resulta "la mejor opción por razones operativas y prácticas" para facilitar el normal funcionamiento de los servicios públicos.
El Gobierno, según ha explicado, ha adaptado su marco normativo a las transformaciones impuestas por la legislación básica estatal en 2015, ha actualizado postulados y sistematizado el régimen de algunos organismos que no estaban contemplados, además de añadir "novedades importantes que no rompen la organización tradicional".
Cambios en la estructura de Gobierno
En la nueva norma se ha aprovechado para sistematizar de forma clara las competencias del presidente, al distinguir en artículos diferentes sus atribuciones en su triple condición de representante de la Comunidad Autónoma, representante ordinario del Estado en Cantabria y presidente del Ejecutivo autonómico.
Además de suprimir cualquier referencia al tratamiento del presidente y los consejeros, como el de excelentísimo que contenía la anterior norma, se modifican algunas de las funciones del Gobierno y deja de ser necesaria su autorización expresa para que los Servicios Jurídicos no interpongan recursos extraordinarios.
En relación con los órganos de colaboración y de apoyo al Gobierno, se incorpora como novedad el Secretariado del Gobierno y se regula pormenorizadamente los Gabinetes de los miembros del Ejecutivo, en línea con la legislación referida al Gobierno de España.
El anteproyecto incluye un nuevo capítulo relativo a la iniciativa legislativa y reglamentaria del Gobierno, incorporando los trámites a desarrollar en cumplimiento de los principios de transparencia, incidencia social y económica y, sobre todo, de participación social y ciudadana.
La nueva ley opta por una mayor profesionalización de los secretarios generales técnicos de las Consejerías, dado su carácter eminentemente técnico, por lo que su nombramiento deberá tender a criterios de competencia profesional entre personas que sean funcionarios de carrera pertenecientes a los grupos A1 y A2 y, excepcionalmente, podrán ocupar estos cargos personas del sector privado relacionadas con las funciones del cargo.
Los principios generales de funcionamiento de la Administración autonómica será el principio de servicio al ciudadano, publicidad, transparencia y simplificación, por lo que, tal y como establece el anteproyecto, en la web de cada consejería se podrán consultar todos los procedimientos, los plazos máximos de duración de los mismos y los efectos del silencio administrativo. En este ámbito, se regula la cuestión de la aportación de datos por los ciudadanos a los procedimientos y se adelanta a la solución de posibles conflictos.
Actos de los consejeros
De igual manera que en la legislación estatal respecto a los ministros, las resoluciones y actos de los consejeros autonómicos agotarán la vía administrativa y ya no será necesario interponer un recurso de alzada ante el Consejo de Gobierno para que el ciudadano interponga de forma directa un recurso ante la jurisdicción contencioso administrativa.
Por otro lado, se tiende a simplificar la actuación interna de la Administración y, entre otras cuestiones, ya no será necesaria la resolución expresa para finalizar un procedimiento sancionador cuando se produzca el pago voluntario de una sanción pecuniaria.
La Consejería de Presidencia y Justicia ha cerrado ya una primera redacción de esta norma, que se adapta y se actualiza a la legislación básica estatal, y ha considerado conveniente abrir un periodo de información pública, que permita mejorar el texto con las aportaciones que los ciudadanos, entidades e instituciones quieran realizar.
El anteproyecto, tal y como recogerá el Boletín Oficial de Cantabria del día de mañana, estará a disposición de los interesados en la sede autonómica de Peña Herbosa y en el Portal de Transparencia, dentro de la sección de Participación de Ciudadana (participacion.cantabria.es). Se podrán presentar alegaciones por escrito ante el Ejecutivo autonómico hasta el 5 de mayo.
Como novedades más destacadas, la futura Ley de Gobierno unifica en una misma norma y detalla la iniciativa normativa, tanto la legislativa, previa a la tramitación parlamentaria, como la reglamentaria. También incluye por primera vez a todo el sector público institucional, es decir, no solo las entidades de naturaleza pública sino también privada, como son las sociedades mercantiles o las fundaciones en las está presente el Ejecutivo.
La reforma impulsada incorpora las novedades legislativas en el ámbito de la Administración Electrónica, que hasta el momento carecía del presente nivel legal.
El consejero de Presidencia y Justicia, Rafael de la Sierra, ha resaltado que el Gobierno ha tratado de conservar el mayor número de previsiones de la Ley vigente, "sin llevar a cabo una modificación radical de sus postulados fundamentales", lo que resulta "la mejor opción por razones operativas y prácticas" para facilitar el normal funcionamiento de los servicios públicos.
El Gobierno, según ha explicado, ha adaptado su marco normativo a las transformaciones impuestas por la legislación básica estatal en 2015, ha actualizado postulados y sistematizado el régimen de algunos organismos que no estaban contemplados, además de añadir "novedades importantes que no rompen la organización tradicional".
Cambios en la estructura de Gobierno
En la nueva norma se ha aprovechado para sistematizar de forma clara las competencias del presidente, al distinguir en artículos diferentes sus atribuciones en su triple condición de representante de la Comunidad Autónoma, representante ordinario del Estado en Cantabria y presidente del Ejecutivo autonómico.
Además de suprimir cualquier referencia al tratamiento del presidente y los consejeros, como el de excelentísimo que contenía la anterior norma, se modifican algunas de las funciones del Gobierno y deja de ser necesaria su autorización expresa para que los Servicios Jurídicos no interpongan recursos extraordinarios.
En relación con los órganos de colaboración y de apoyo al Gobierno, se incorpora como novedad el Secretariado del Gobierno y se regula pormenorizadamente los Gabinetes de los miembros del Ejecutivo, en línea con la legislación referida al Gobierno de España.
El anteproyecto incluye un nuevo capítulo relativo a la iniciativa legislativa y reglamentaria del Gobierno, incorporando los trámites a desarrollar en cumplimiento de los principios de transparencia, incidencia social y económica y, sobre todo, de participación social y ciudadana.
La nueva ley opta por una mayor profesionalización de los secretarios generales técnicos de las Consejerías, dado su carácter eminentemente técnico, por lo que su nombramiento deberá tender a criterios de competencia profesional entre personas que sean funcionarios de carrera pertenecientes a los grupos A1 y A2 y, excepcionalmente, podrán ocupar estos cargos personas del sector privado relacionadas con las funciones del cargo.
Los principios generales de funcionamiento de la Administración autonómica será el principio de servicio al ciudadano, publicidad, transparencia y simplificación, por lo que, tal y como establece el anteproyecto, en la web de cada consejería se podrán consultar todos los procedimientos, los plazos máximos de duración de los mismos y los efectos del silencio administrativo. En este ámbito, se regula la cuestión de la aportación de datos por los ciudadanos a los procedimientos y se adelanta a la solución de posibles conflictos.
Actos de los consejeros
De igual manera que en la legislación estatal respecto a los ministros, las resoluciones y actos de los consejeros autonómicos agotarán la vía administrativa y ya no será necesario interponer un recurso de alzada ante el Consejo de Gobierno para que el ciudadano interponga de forma directa un recurso ante la jurisdicción contencioso administrativa.
Por otro lado, se tiende a simplificar la actuación interna de la Administración y, entre otras cuestiones, ya no será necesaria la resolución expresa para finalizar un procedimiento sancionador cuando se produzca el pago voluntario de una sanción pecuniaria.
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