USO ha exigido en el Tribunal Supremo que se clarifique quién, cuándo y cómo se van a pagar las indemnizaciones a los trabajadores.
El sindicato ha estado personado en el acto de ratificación del Acuerdo Transaccional ante la secretaria de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo celebrado esta mañana en Madrid. Al mismo han acudido representantes legales de la empresa, de la Administración Concursal y de los dos recurrentes por la parte social, USO y resto de comité. El representante legal de García Tejedor no asistió.
Como estaba previsto, y quedó recogido en el acta, la empresa, Administración Concursal y el resto del comité, se ratificaron en el acuerdo.
Por su parte, USO comunicó a la secretaria de la Sala de lo Social del TS que no suscribe ni ratifica el Acuerdo Transaccional pero no se opone al mismo.
El sindicato, por medio de un escrito, solicitó “que se determine con claridad el cobro de las indemnizaciones en la parte considerada como Deuda Privilegiada. Esta deuda inicialmente se reconoció en el Convenio de Acreedores por importe de 15.487,20 para cada trabajador; no obstante, está pendiente de fijación definitiva por el Juzgado de lo Mercantil Nº2 de Madrid, puesto que se ha interpuesto una demanda de incidente concursal sobre importe de Deuda Privilegiada por la cuantía de 27.102,60 € para cada trabajador”. Las cifras corresponden a los trabajadores con antigüedad topada.
Durante el acto de comparecencia, ni el representante de la empresa, Alberto Novoa, ni el representante de la Administración Concursal, Pedro Juan Vilella, no respondieron sobre quien va a pagar las indemnizaciones ni cuándo. Por parte del representante de la mayoría del Comité tampoco exigió que constase en el acuerdo el método de pago que clarifique la más que sospechosa ambigüedad.
El sindicato ha estado personado en el acto de ratificación del Acuerdo Transaccional ante la secretaria de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo celebrado esta mañana en Madrid. Al mismo han acudido representantes legales de la empresa, de la Administración Concursal y de los dos recurrentes por la parte social, USO y resto de comité. El representante legal de García Tejedor no asistió.
Como estaba previsto, y quedó recogido en el acta, la empresa, Administración Concursal y el resto del comité, se ratificaron en el acuerdo.
Por su parte, USO comunicó a la secretaria de la Sala de lo Social del TS que no suscribe ni ratifica el Acuerdo Transaccional pero no se opone al mismo.
El sindicato, por medio de un escrito, solicitó “que se determine con claridad el cobro de las indemnizaciones en la parte considerada como Deuda Privilegiada. Esta deuda inicialmente se reconoció en el Convenio de Acreedores por importe de 15.487,20 para cada trabajador; no obstante, está pendiente de fijación definitiva por el Juzgado de lo Mercantil Nº2 de Madrid, puesto que se ha interpuesto una demanda de incidente concursal sobre importe de Deuda Privilegiada por la cuantía de 27.102,60 € para cada trabajador”. Las cifras corresponden a los trabajadores con antigüedad topada.
Durante el acto de comparecencia, ni el representante de la empresa, Alberto Novoa, ni el representante de la Administración Concursal, Pedro Juan Vilella, no respondieron sobre quien va a pagar las indemnizaciones ni cuándo. Por parte del representante de la mayoría del Comité tampoco exigió que constase en el acuerdo el método de pago que clarifique la más que sospechosa ambigüedad.
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