sábado, 22 de febrero de 2014

Santander: El gobierno destinará 4.1 millones de euros en ayudas al alquiler que se otorgarán a los que más lo necesiten


El consejero de Obras Públicas y Vivienda, acompañado del director general de Vivienda y Arquitectura, José Antonio González Barrios, ha anunciado hoy que el Gobierno de Cantabria destinará 4,1 millones de euros, el mayor presupuesto de la historia, para ayudar a las unidades de convivencia que vivan de alquiler. 
Rodríguez ha señalado que en el día de ayer se publicó en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) el primer Decreto de Ayuda a Inquilinos 12/2014 que desarrolla el Plan Estatal de Fomento del Alquiler y la Rehabilitación 2013-2016, por el que se regula las ayudas al alquiler de viviendas, manifestando su intención de que estas ayudas puedan llegar a "muchas más familias que las que permitió el Decreto anterior".
Este Decreto ha sido aprobado antes de la entrada en vigor del Plan Estatal de Fomento del Alquiler y la Rehabilitación 2013-2014, plan que se prevé inminente también, con el propósito de dar el plazo suficiente para la tramitación de todas las solicitudes de ayudas de alquiler que se presenten y seguir concediendo ayudas al alquiler una vez que el antiguo Plan Estatal 2009-2012 quede definitivamente derogado. El plazo de presentación para estas nuevas ayudas se cerrará el próximo 21 de abril.
Las ayudas son para alquiler de vivienda habitual y permanente y con un plazo de duración para todo el año 2014, con la opción de volver a solicitar otros 12 meses al año siguiente. La cuantía podrá llegar hasta un 40% del alquiler mensual con una limitación de 2.400 euros anuales.
Sólo se admitirán arrendamientos que estén dentro del precio de mercado, estableciendo un máximo de 6,25 euros por metros de cuadrado para la vivienda y estableciendo un tope de 600 euros al mes por vivienda, estando excluidos los garajes y trasteros.
Para la obtención de la ayuda es necesario el trámite de la calificación del alquiler, para lo cual es necesario tener contrato de arrendamiento sujeto a la Ley de Arrendamientos Urbanos y que el contrato se haya formalizado con posterioridad al 22 de agosto de 2012. Para la recalificación también es necesario que los ingresos anuales de la "unidad de convivencia" no deben superar tres veces el IPREM, que los inquilinos no tengan otra vivienda en España (o si la tienen deben estar privados del uso por causas ajenas a su voluntad), que no tengan parentesco en primer o segundo grado con el arrendador, ni ser socios partícipes de la sociedad arrendadora. 
Tampoco se permite que sean beneficiarios de otras subvenciones o ayudas al alquiler. Tras obtener la calificación, se procederá a presentar la solicitud, que tienen como novedad que por primera vez pueden tramitarse telemáticamente con certificado digital a través de la páginas web: www.cantabria.es, www.viviendadecantabria.es, y ww.ayudasalinquilino.es. Debido a su complejidad, también estarán disponibles dos teléfonos de contacto, el 012 si se llama dentro de Cantabria y el 902139012 si se hace desde el resto de España.
Cierre del Decreto 43/2012
En agosto de 2012 se cerró el programa de ayudas a inquilinos, establecido por el Plan de Vivienda 2009-2012, y el principal motivo del cierre fue el enorme éxito que tuvo el citado programa, cubriendo cuatro meses antes de que finalizara el año 2012 todos los objetivos inicialmente planteados, e incluso los ampliados para ese año.
El actual Gobierno de Cantabria consiguió, renegociando con el Gobierno central, ampliar en el año 2011 el número de objetivos marcados, pasando de 300 a 900 objetivos, al igual que ocurrió en el año 2012 donde se pasó de los 305 objetivos inicialmente marcados hasta los 1.100 finalmente financiados. Téngase en cuenta que se triplicaron las ayudas que habían firmado/acordado el anterior gobierno.
Ahora bien, dado el enorme éxito cosechado en la gestión de las ayudas, se llegó al mes de agosto de 2012 con todos los objetivos cubiertos, motivo por el cual fue necesario publicar el Decreto de Cierre 43/2012.
Atendiendo a esta situación, el Decreto establece que podrán solicitar la calificación de alquiler los inquilinos cuyos contratos de arrendamiento se hayan celebrado con posterioridad al 22 de agosto de 2012, fecha de entrada en vigor del Decreto 43/2012, de 9 de agosto.

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