El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publica hoy, jueves, el extracto de la Orden de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación del pasado 18 de diciembre, por la que se convocan las ayudas a los ayuntamientos para la realización de obras nuevas y de mejora de las infraestructuras agrarias en 2018.
Estas actuaciones deberán estar destinadas al desarrollo, modernización o adaptación de la agricultura y el sector forestal, la silvicultura, incluido el acceso a las superficies agrícolas y forestales, la consolidación y mejora de tierras, y el suministro y ahorro de energía y agua, de acuerdo con su regulación en el Programa de Desarrollo Rural (PDR) de Cantabria 2014-2020. La inversión subvencionable comprende infraestructuras tales como pistas y caminos rurales, puentes, pasos de ganado, obras de abastecimiento de agua no destinadas al regadío, etc.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas, los ayuntamientos de municipios pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Cantabria que tengan una población inferior a 5.000 habitantes, según los últimos datos publicados por el Instituto Cántabro de Estadística (ICANE) anteriores a esta convocatoria.
La Orden MED/21/2017, de 12 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a los ayuntamientos para la realización de obras nuevas y de mejora de las infraestructuras agrarias fue publicada por el BOC el 20 de junio del presente año.
Cuantía
Las ayudas establecidas para esta convocatoria, previstas con una dotación económica máxima total de 759.800 euros, serán cofinanciadas, según lo previsto en el artículo 59 del Reglamento (UE) nº 1305/2013, de la siguiente manera: 402.694 euros a través del fondo FEADER (medida 4.3 del PDR 2014-2020 de Cantabria); 107.131,8 euros, a través del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (MAPAMA), y 249.974,2 euros, por parte de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con cargo a sus Presupuestos Generales.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir de hoy, día 28 de diciembre, fecha de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOC.
Por otro lado, cada Ayuntamiento solo podrá presentar una única solicitud, que se deberá acompañar de la autoevaluación de los criterios de selección del anexo IV de las bases (Orden MED/21/2017, BOC 20 de junio de 2017).
Estas actuaciones deberán estar destinadas al desarrollo, modernización o adaptación de la agricultura y el sector forestal, la silvicultura, incluido el acceso a las superficies agrícolas y forestales, la consolidación y mejora de tierras, y el suministro y ahorro de energía y agua, de acuerdo con su regulación en el Programa de Desarrollo Rural (PDR) de Cantabria 2014-2020. La inversión subvencionable comprende infraestructuras tales como pistas y caminos rurales, puentes, pasos de ganado, obras de abastecimiento de agua no destinadas al regadío, etc.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas, los ayuntamientos de municipios pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Cantabria que tengan una población inferior a 5.000 habitantes, según los últimos datos publicados por el Instituto Cántabro de Estadística (ICANE) anteriores a esta convocatoria.
La Orden MED/21/2017, de 12 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a los ayuntamientos para la realización de obras nuevas y de mejora de las infraestructuras agrarias fue publicada por el BOC el 20 de junio del presente año.
Cuantía
Las ayudas establecidas para esta convocatoria, previstas con una dotación económica máxima total de 759.800 euros, serán cofinanciadas, según lo previsto en el artículo 59 del Reglamento (UE) nº 1305/2013, de la siguiente manera: 402.694 euros a través del fondo FEADER (medida 4.3 del PDR 2014-2020 de Cantabria); 107.131,8 euros, a través del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (MAPAMA), y 249.974,2 euros, por parte de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con cargo a sus Presupuestos Generales.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir de hoy, día 28 de diciembre, fecha de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOC.
Por otro lado, cada Ayuntamiento solo podrá presentar una única solicitud, que se deberá acompañar de la autoevaluación de los criterios de selección del anexo IV de las bases (Orden MED/21/2017, BOC 20 de junio de 2017).
No hay comentarios:
Publicar un comentario