El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publica hoy la Orden por la que se convocan subvenciones para favorecer la participación de los jóvenes de Cantabria en programas de Ocio y Tiempo Libre, así como en actividades de carácter sociocultural o lúdico que se celebren durante el verano de 2014.
Estas actividades deberán realizarse entre el 1 de julio y el 31 de agosto de 2014 y habrán de tener una duración mínima de 7 días naturales.
Estas ayudas, que cuentan con una dotación total de 110.000 euros, se destinarán a compensar los costes económicos, totales o parciales, que impliquen la participación de los jóvenes en la actividad.
Las subvenciones se destinarán, exclusivamente, a cofinanciar los gastos directamente relacionados con la realización de actividades, que incluyen la cuota de participación en una actividad de ocio y tiempo libre durante los meses de julio y agosto de 2014, y el desplazamiento a la Comunidad Autónoma o al país donde se realice la actividad.
No serán considerados gastos subvencionables los relativos al desplazamiento con vehículo particular. Para que los billetes sean considerados gastos subvencionables, el transporte de ida y vuelta deberá ser efectuado como máximo en la semana anterior al inicio de la actividad y en la semana posterior a la finalización de la misma, respectivamente.
Para ser beneficiarios de las ayudas, se habrá de estar empadronado o ser residente en Cantabria, con al menos un año de antigüedad, y haber nacido entre el 1 de enero de 1984 y el 31 de diciembre de 1999. La actividad realizada habrá de tener lugar entre el 1 de julio y el 31 de agosto de 2014, con una duración mínima de 7 días. Por otro lado, el solicitante habrá de tener computada en su unidad familiar una base imponible, correspondiente al ejercicio 2013, que no supere el umbral económico establecido en función de los miembros de su unidad familiar.
El plazo de presentación de solicitudes se extenderá desde el día siguiente de la publicación de la presente Orden hasta el 15 de septiembre, debiendo presentarse una vez finalizada la actividad.
Las instancias podrán presentarse en el Registro Delegado de la Dirección General de Igualdad, ubicado en la calle Castelar, 5; en el Registro General del Gobierno de Cantabria, en Peña Herbosa, 29, ó a través del Registro Electrónico Común.
Estas actividades deberán realizarse entre el 1 de julio y el 31 de agosto de 2014 y habrán de tener una duración mínima de 7 días naturales.
Estas ayudas, que cuentan con una dotación total de 110.000 euros, se destinarán a compensar los costes económicos, totales o parciales, que impliquen la participación de los jóvenes en la actividad.
Las subvenciones se destinarán, exclusivamente, a cofinanciar los gastos directamente relacionados con la realización de actividades, que incluyen la cuota de participación en una actividad de ocio y tiempo libre durante los meses de julio y agosto de 2014, y el desplazamiento a la Comunidad Autónoma o al país donde se realice la actividad.
No serán considerados gastos subvencionables los relativos al desplazamiento con vehículo particular. Para que los billetes sean considerados gastos subvencionables, el transporte de ida y vuelta deberá ser efectuado como máximo en la semana anterior al inicio de la actividad y en la semana posterior a la finalización de la misma, respectivamente.
Para ser beneficiarios de las ayudas, se habrá de estar empadronado o ser residente en Cantabria, con al menos un año de antigüedad, y haber nacido entre el 1 de enero de 1984 y el 31 de diciembre de 1999. La actividad realizada habrá de tener lugar entre el 1 de julio y el 31 de agosto de 2014, con una duración mínima de 7 días. Por otro lado, el solicitante habrá de tener computada en su unidad familiar una base imponible, correspondiente al ejercicio 2013, que no supere el umbral económico establecido en función de los miembros de su unidad familiar.
El plazo de presentación de solicitudes se extenderá desde el día siguiente de la publicación de la presente Orden hasta el 15 de septiembre, debiendo presentarse una vez finalizada la actividad.
Las instancias podrán presentarse en el Registro Delegado de la Dirección General de Igualdad, ubicado en la calle Castelar, 5; en el Registro General del Gobierno de Cantabria, en Peña Herbosa, 29, ó a través del Registro Electrónico Común.
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