jueves, 28 de junio de 2018

Torrelavega: Una ordenanza regulará la Administración Electrónica del Ayuntamiento desde hoy jueves


El Ayuntamiento de Torrelavega se ha ido dotando en los últimos años, de una serie de normas reglamentarias con las cuales ha ido adaptándose a las obligaciones derivadas de la legislación sobre acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y a la información pública.
En la última Comisión Informativa de Régimen Interior y Recursos Humanos se ha dictaminado favorablemente la nueva Ordenanza Reguladora de la Administración Electrónica del Ayuntamiento de Torrelavega, que figura como uno de los puntos del orden del día del Pleno de la Corporación de este jueves, donde se debatirá y votará.
La Ordenanza, explica el concejal de Régimen Interior, José Luis Urraca Casal, regula el procedimiento que garantice a los ciudadanos elegir el cauce a través del cual se relacionan con el Ayuntamiento, presencial como hasta ahora o electrónico, cauce este segundo que en cambio será obligatorio para las personas jurídicas (entre ellas las empresas) y determinadas personas físicas de acuerdo a la nueva legislación.
Para Urraca, se trata de garantizar los derechos de los ciudadanos para facilitarles los trámites que tengan que realizar con el Ayuntamiento y proseguir dando pasos en la administración electrónica, Los servicios que actualmente ya ofrece el Ayuntamiento en la sede electrónica https://sde.torrelavega.es están operativos las 24 horas del día, todos los días del año.
El Ayuntamiento garantizará el acceso de la ciudadanía a los servicios electrónicos a través de un sistema de varios canales que cuente, al menos, con los siguientes medios: las oficinas de atención presencial que se determinen, las cuales pondrán a disposición de la ciudadanía de forma libre y gratuita los medios e instrumentos precisos.
Se regula el derecho a relacionarse con el Ayuntamiento de Torrelavega a través de medios electrónicos y a exigir del Ayuntamiento de Torrelavega que se dirija a través de estos medios y obtener documentos a través de formatos electrónicos. A acceder a la información administrativa, registros y archivos a través de medios electrónicos. Derecho a participar en los procesos de toma de decisiones y en la mejora de la gestión municipal a través de medios electrónicos y de recibir respuesta a las peticiones y consultas formuladas, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de Participación Ciudadana.
Reducción de documentos a aportar por los ciudadanos
En la práctica, y de la mano de la administración electrónica, los ciudadanos ya no tendrán que aportar nuevamente determinados documentos cada vez que realicen un procedimiento administrativo en el Ayuntamiento, como es el caso de la copia del Documento Nacional de Identidad, bastará con hacerlo una primera vez. Y tampoco cualquier certificado o documento acreditativo del cumplimiento de unos requisitos que deba ser emitido por el propio Ayuntamiento o por otra Administración pública al que pueda acceder el Ayuntamiento de Torrelavega a través de las plataformas de intermediación de datos del sector público. Así ocurrirá también con los datos o documentos que hayan sido aportados anteriormente por el interesado a cualquier Administración pública, siempre ésta los ponga a disposición a través de plataformas de intermediación
Actas audiovisuales de los Plenos
Con la entrada en vigor de la Ordenanza, se procederá de acuerdo a la misma a grabarse las sesiones de los Plenos de la Corporación, que pasarán a tener validez como acta audiovisual. Deberán conservarse de forma que se garantice la integridad y autenticidad de los ficheros electrónicos correspondientes y el acceso a los mismos por parte de los miembros del órgano colegiado.
Por otro lado y de acuerdo a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público el procedimiento para la adjudicación de contratos del sector público también será exclusivamente electrónico. Norma que comenzará a implementarse en unos meses.

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