La Unión de Consumidores de Cantabria, a través de Francisco Bautista, uno de sus coordinadores, ha informado que mediante sentencia de fecha 12 de septiembre de 2019, la compañía “IBERIA LINEAS AEREAS DE ESPAÑA SA” ha sido condenada al pago de compensación por cancelación de vuelo, tras ser declarada previamente en situación de rebeldía procesal, al negarse a contestar la demanda.
Esta pasajera, formuló reclamación por cancelación de un vuelo en fecha 2 de julio de 2018. El escrito de reclamación que nuestra Asociación remitió a IBERIA no fue ni tan siquiera contestado por la aerolínea. La denuncia, formulada posteriormente, ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) se archivó tras declarar este organismo del Estado que la reclamante tenía derecho a la compensación reglamentaria y manifestar que IBERIA se había mostrado (ante AESA) conforme con el pago de la misma. Tras meses de espera, sin que el pago se produzca, la viajera interpone demanda en los Juzgados de Santander, al que IBERIA tampoco se digna contestar.
El periplo de la reclamación abarca ya un año, sobrepasado ya, que comienza en un día 2 de julio de 2018 cuando, para su sorpresa y la del resto de los viajeros, en el mismo momento de encontrarse embarcando se desalojó a los pasajeros de la aeronave y quedaron en tierra a la espera de que se les proporcionase transporte alternativo. Ese mismo mes la Unión de Consumidores de Cantabria toma contacto por escrito para formular reclamación. La falta de contestación supone tener que formular denuncia administrativa posterior ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea. La AESA se pronuncia en el mes de diciembre de 2018, declarando correctamente los derechos que la pasajera invocaba y estableciendo la indemnización a la que era acreedora (250 Euros), conforme a la vigente normativa. Y manifestando que IBERIA había formulado su propósito de “abonar la compensación que corresponde por el incidente sufrido en el vuelo indicado”. Con ello, archiva el expediente.
Desde la Unión de Consumidores de Cantabria consideran que en el presente asunto el dinero que la viajera solicita se le abone y que lleva esperando un año recibir es ya lo de menos. Lo verdaderamente importante son dos cosas: La primera, que parece claro que IBERIA (en este caso) parece creerse con el derecho de hacer caso omiso a los consumidores, a sus organizaciones, a la Administración del Estado y a sus Tribunales, mostrando una clara falta de respeto hacia todos ellos.
La segunda, que la falta de reprensión administrativa, esto es, la falta de sanción, en el momento de detectarse una infracción por parte de los operadores del mercado (en este caso una aerolínea) conlleva que los usuarios, todos los usuarios, en este caso y en muchos otros como este, queden con una sensación de desprotección absolutamente indeseable en un Estado moderno que presume de garantista.
Por este motivo, esta Asociación se ha dirigido por escrito, tanto a AESA como a la Dirección General de Consumo del Gobierno de Cantabria para solicitar de ambos organismos se pronuncien en cuanto al ejercicio de sus propias competencias en casos como el que nos ocupa.
"En Cantabria (ignoramos lo que pasa en otras) en caso de formular denuncia ante los organismos de consumo regionales, éstos se inhiben remitiendo las reclamaciones a AESA o bien, informando al propio usuario para que lo haga".
"Consideramos que, tanto AESA, por aplicación de la Ley de Seguridad Aérea, como los organismos autonómicos de consumo, por aplicación de la Ley General de Consumidores y Usuarios, serían competentes para conocer y sancionar, en su caso, y en el ámbito de sus respectivas competencias, las conductas que pudieran constituir una infracción. Al menos uno debería hacerlo, en cualquier caso", señalan desde la UCC.
Según la Unión de Consumidores de Cantabria, en la actualidad parece que esto no se produce y cuantos viajeros se ven afectados por cancelaciones, overbookings, retrasos, etc, se sienten desprotegidos y desanimados en el ejercicio de sus legítimos derechos en una situación de falta de Estado que no hace sino provocar indefensión en unos (los consumidores) e impunidad en otros (los operadores), que ni atienden reclamaciones de sus viajeros, ni contestan las cartas de las Asociaciones de Consumidores, ni cumplen lo que prometen a los organismos del Estado, ni se dignan contestar a los Juzgados.
Además de contribuir a atascar los Juzgados con asuntos menores, ya de por sí sometidos a una carga de trabajo excesiva, con asuntos que deberían haberse resuelto mucho antes, si los organismos administrativos que sostenemos para que ejerzan la potestad de policía de mercado, se tomasen sus competencias con seriedad.
La Unión de Consumidores de Cantabria (UCC) espera que IBERIA, cumpla la Sentencia y anima a todos los usuarios de aerolíneas a no desfallecer, a reclamar sus derechos en cuantas instancias administrativas y judiciales se considere oportuno y ofrece a los usuarios cuanta información precisen y los medios de reclamación de los que dispone.
Esta pasajera, formuló reclamación por cancelación de un vuelo en fecha 2 de julio de 2018. El escrito de reclamación que nuestra Asociación remitió a IBERIA no fue ni tan siquiera contestado por la aerolínea. La denuncia, formulada posteriormente, ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) se archivó tras declarar este organismo del Estado que la reclamante tenía derecho a la compensación reglamentaria y manifestar que IBERIA se había mostrado (ante AESA) conforme con el pago de la misma. Tras meses de espera, sin que el pago se produzca, la viajera interpone demanda en los Juzgados de Santander, al que IBERIA tampoco se digna contestar.
El periplo de la reclamación abarca ya un año, sobrepasado ya, que comienza en un día 2 de julio de 2018 cuando, para su sorpresa y la del resto de los viajeros, en el mismo momento de encontrarse embarcando se desalojó a los pasajeros de la aeronave y quedaron en tierra a la espera de que se les proporcionase transporte alternativo. Ese mismo mes la Unión de Consumidores de Cantabria toma contacto por escrito para formular reclamación. La falta de contestación supone tener que formular denuncia administrativa posterior ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea. La AESA se pronuncia en el mes de diciembre de 2018, declarando correctamente los derechos que la pasajera invocaba y estableciendo la indemnización a la que era acreedora (250 Euros), conforme a la vigente normativa. Y manifestando que IBERIA había formulado su propósito de “abonar la compensación que corresponde por el incidente sufrido en el vuelo indicado”. Con ello, archiva el expediente.
Desde la Unión de Consumidores de Cantabria consideran que en el presente asunto el dinero que la viajera solicita se le abone y que lleva esperando un año recibir es ya lo de menos. Lo verdaderamente importante son dos cosas: La primera, que parece claro que IBERIA (en este caso) parece creerse con el derecho de hacer caso omiso a los consumidores, a sus organizaciones, a la Administración del Estado y a sus Tribunales, mostrando una clara falta de respeto hacia todos ellos.
La segunda, que la falta de reprensión administrativa, esto es, la falta de sanción, en el momento de detectarse una infracción por parte de los operadores del mercado (en este caso una aerolínea) conlleva que los usuarios, todos los usuarios, en este caso y en muchos otros como este, queden con una sensación de desprotección absolutamente indeseable en un Estado moderno que presume de garantista.
Por este motivo, esta Asociación se ha dirigido por escrito, tanto a AESA como a la Dirección General de Consumo del Gobierno de Cantabria para solicitar de ambos organismos se pronuncien en cuanto al ejercicio de sus propias competencias en casos como el que nos ocupa.
"En Cantabria (ignoramos lo que pasa en otras) en caso de formular denuncia ante los organismos de consumo regionales, éstos se inhiben remitiendo las reclamaciones a AESA o bien, informando al propio usuario para que lo haga".
"Consideramos que, tanto AESA, por aplicación de la Ley de Seguridad Aérea, como los organismos autonómicos de consumo, por aplicación de la Ley General de Consumidores y Usuarios, serían competentes para conocer y sancionar, en su caso, y en el ámbito de sus respectivas competencias, las conductas que pudieran constituir una infracción. Al menos uno debería hacerlo, en cualquier caso", señalan desde la UCC.
Según la Unión de Consumidores de Cantabria, en la actualidad parece que esto no se produce y cuantos viajeros se ven afectados por cancelaciones, overbookings, retrasos, etc, se sienten desprotegidos y desanimados en el ejercicio de sus legítimos derechos en una situación de falta de Estado que no hace sino provocar indefensión en unos (los consumidores) e impunidad en otros (los operadores), que ni atienden reclamaciones de sus viajeros, ni contestan las cartas de las Asociaciones de Consumidores, ni cumplen lo que prometen a los organismos del Estado, ni se dignan contestar a los Juzgados.
Además de contribuir a atascar los Juzgados con asuntos menores, ya de por sí sometidos a una carga de trabajo excesiva, con asuntos que deberían haberse resuelto mucho antes, si los organismos administrativos que sostenemos para que ejerzan la potestad de policía de mercado, se tomasen sus competencias con seriedad.
La Unión de Consumidores de Cantabria (UCC) espera que IBERIA, cumpla la Sentencia y anima a todos los usuarios de aerolíneas a no desfallecer, a reclamar sus derechos en cuantas instancias administrativas y judiciales se considere oportuno y ofrece a los usuarios cuanta información precisen y los medios de reclamación de los que dispone.
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