El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha desestimado los recursos contra el Plan General de Ordenación Urbana de Alfoz de Lloredo, confirmándolo. Así, el juez da la razón al Consistorio tras años de ataques de una serie de personas en relación al documento, lo que derivaba también en denuncias contra el alcalde, que se ha visto envuelto en diversos pleitos, entre ellos, uno por el que recientemente también se le ha dado la razón, relacionado con el derecho al honor, a iniciativa del grupo socialista en el municipio.
El Plan General fue aprobado en mayo de 2015, y se han dictado un total de ocho sentencias resolviendo otras tantas impugnaciones del mismo, así como otra sentencia más que confirma el Decreto del Gobierno de Cantabria que modifica el Plan de Ordenación del Litoral en el municipio de Alfoz.
Tres de las sentencias dictadas revocan las licencias concedidas en el año 2005 que no habían sido ejecutadas al aprobarse el Plan, extinguiendo de manera definitiva así las polémicas sobre las urbanizaciones proyectadas en la finca del Obispado y de la vertiente de la Playa de Luaña en Cóbreces.
El tribunal considera que no es necesario iniciar un proceso para caducar las licencias por su falta de utilización como entendía el ayuntamiento y el Gobierno de Cantabria, sino que, de forma automática, la entrada en vigor del Plan General supone la extinción de todas las licencias que no sean conformes con el planeamiento y no se hubiesen construido en 2015. Gobierno de Cantabria y Ayuntamiento han recurrido en casación esta última consideración por los efectos que podrían derivarse de esta doctrina para las licencias en curso de ejecución o en materia indemnizatoria, a fin de que sea matizada por el Tribunal Supremo.
El instrumento de planeamiento confirmado supone la adaptación del municipio a la legislación estatal y autonómica en materia de suelo, protege los Lugares de Interés Comunitario como la Cueva de la Rogería y los referentes culturales como los yacimientos arqueológicos y el patrimonio arquitectónico del municipio y sigue las directrices internacionales en materia de consolidación de las características propias de los núcleos rurales que conservan sus valores tradicionales, como Novales, Cigüenza, Puerto Calderón o Rudagüera, superando el desarrollismo indiscriminado de las Normas Subsidiarias de 1983 y posibilitando la regularización de situaciones anómalas como la del Hotel Puerto Calderón cuya sentencia de demolición dictada en el año 2003 ha sido recientemente declarada como legalmente imposible de cumplir al quedar amparado por el nuevo Plan.
En octubre de este año, un Auto del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 2 de Santander ha desestimado la ejecución de otra Sentencia dictada en el año 2004 que ordenaba la demolición de tres viviendas en Novales, al considerar que los demandantes actuaban abusando de sus derechos.
La confirmación del Plan por los tribunales permitirá afrontar su desarrollo mediante los planes especiales del suelo rural o las actuaciones de equipamiento que prevé el documento con el fin de mejorar la calidad de vida de la población y dota al municipio de una alta seguridad jurídica que permite a los ciudadanos conocer con certeza sus derechos y prever lo que pueden edificar en sus fincas.
El alcalde de Alfoz de Lloredo, Enrique Bretones, ha declarado que a partir de ahora, “el trabajo desde el Ayuntamiento va a consistir en desarrollar este plan y mejorarlo”. Así, ha señalado la necesidad de “iniciar el desarrollo de los suelos rústicos mediante planes especiales e intentar ir metiendo poco a poco los equipamientos comprometidos en el Plan”.
El Plan General fue aprobado en mayo de 2015, y se han dictado un total de ocho sentencias resolviendo otras tantas impugnaciones del mismo, así como otra sentencia más que confirma el Decreto del Gobierno de Cantabria que modifica el Plan de Ordenación del Litoral en el municipio de Alfoz.
Tres de las sentencias dictadas revocan las licencias concedidas en el año 2005 que no habían sido ejecutadas al aprobarse el Plan, extinguiendo de manera definitiva así las polémicas sobre las urbanizaciones proyectadas en la finca del Obispado y de la vertiente de la Playa de Luaña en Cóbreces.
El tribunal considera que no es necesario iniciar un proceso para caducar las licencias por su falta de utilización como entendía el ayuntamiento y el Gobierno de Cantabria, sino que, de forma automática, la entrada en vigor del Plan General supone la extinción de todas las licencias que no sean conformes con el planeamiento y no se hubiesen construido en 2015. Gobierno de Cantabria y Ayuntamiento han recurrido en casación esta última consideración por los efectos que podrían derivarse de esta doctrina para las licencias en curso de ejecución o en materia indemnizatoria, a fin de que sea matizada por el Tribunal Supremo.
El instrumento de planeamiento confirmado supone la adaptación del municipio a la legislación estatal y autonómica en materia de suelo, protege los Lugares de Interés Comunitario como la Cueva de la Rogería y los referentes culturales como los yacimientos arqueológicos y el patrimonio arquitectónico del municipio y sigue las directrices internacionales en materia de consolidación de las características propias de los núcleos rurales que conservan sus valores tradicionales, como Novales, Cigüenza, Puerto Calderón o Rudagüera, superando el desarrollismo indiscriminado de las Normas Subsidiarias de 1983 y posibilitando la regularización de situaciones anómalas como la del Hotel Puerto Calderón cuya sentencia de demolición dictada en el año 2003 ha sido recientemente declarada como legalmente imposible de cumplir al quedar amparado por el nuevo Plan.
En octubre de este año, un Auto del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 2 de Santander ha desestimado la ejecución de otra Sentencia dictada en el año 2004 que ordenaba la demolición de tres viviendas en Novales, al considerar que los demandantes actuaban abusando de sus derechos.
La confirmación del Plan por los tribunales permitirá afrontar su desarrollo mediante los planes especiales del suelo rural o las actuaciones de equipamiento que prevé el documento con el fin de mejorar la calidad de vida de la población y dota al municipio de una alta seguridad jurídica que permite a los ciudadanos conocer con certeza sus derechos y prever lo que pueden edificar en sus fincas.
El alcalde de Alfoz de Lloredo, Enrique Bretones, ha declarado que a partir de ahora, “el trabajo desde el Ayuntamiento va a consistir en desarrollar este plan y mejorarlo”. Así, ha señalado la necesidad de “iniciar el desarrollo de los suelos rústicos mediante planes especiales e intentar ir metiendo poco a poco los equipamientos comprometidos en el Plan”.
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