El grupo de Podemos en Torrelavega, a través de su edil, David Barredo Posada, va a presentar al próximo pleno que celebre la Corporación una moción por la inclusión de cláusulas sociales y de sostenibilidad ambiental en los contratos públicos
En la moción Podemos pide al pleno que se encargue a los servicios técnicos del Ayuntamiento la redacción final y aplicación de cláusulas de contenido social, laboral y medioambiental, que puedan incluirse en los nuevos pliegos de contratación que redacte este Ayuntamiento, aplicable a la contratación de obras y servicios, siempre que la cuantía de los contratos sea igual o superior a los 150.000 euros/año y el plazo estimado de ejecución igual o superior a 9 meses, tal y como prevé el artículo 118 del ya mencionado Real Decreto Legislativo 3/20115, de 14 de noviembre.
Los criterios para la redacción final de esas cláusula serían los siguientes: Laborales, sociales, de protección medioambiental.
La inclusión de cláusulas, afectarían a los principales contratos de servicios y obra que ofrece nuestro Ayuntamiento, y están dirigidas tanto a garantizar derechos y sostenibilidad, como a alcanzar un ambiente de trabajo que facilite la mayor calidad del servicio que prestará la empresa
La empresa adjudicataria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de formalización del contrato, deberá aportar certificado de empresa en el que conste tanto el número global de trabajadoras/es de plantilla, como el número particular de trabajadores dedicados a la obra o servicio contratado, así como la acreditación del cumplimiento de las anteriores cláusulas mediante declaración de la empresa y copias de la documentación que certifique su cumplimiento o previsión.
En la moción Podemos pide al pleno que se encargue a los servicios técnicos del Ayuntamiento la redacción final y aplicación de cláusulas de contenido social, laboral y medioambiental, que puedan incluirse en los nuevos pliegos de contratación que redacte este Ayuntamiento, aplicable a la contratación de obras y servicios, siempre que la cuantía de los contratos sea igual o superior a los 150.000 euros/año y el plazo estimado de ejecución igual o superior a 9 meses, tal y como prevé el artículo 118 del ya mencionado Real Decreto Legislativo 3/20115, de 14 de noviembre.
Los criterios para la redacción final de esas cláusula serían los siguientes: Laborales, sociales, de protección medioambiental.
La inclusión de cláusulas, afectarían a los principales contratos de servicios y obra que ofrece nuestro Ayuntamiento, y están dirigidas tanto a garantizar derechos y sostenibilidad, como a alcanzar un ambiente de trabajo que facilite la mayor calidad del servicio que prestará la empresa
La empresa adjudicataria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de formalización del contrato, deberá aportar certificado de empresa en el que conste tanto el número global de trabajadoras/es de plantilla, como el número particular de trabajadores dedicados a la obra o servicio contratado, así como la acreditación del cumplimiento de las anteriores cláusulas mediante declaración de la empresa y copias de la documentación que certifique su cumplimiento o previsión.
No hay comentarios:
Publicar un comentario