miércoles, 23 de enero de 2019

Santander: La Justicia da la razón a CCOO sobre la obligación de AMPROS de abonar a su personal los complementos salariales fijados por convenio


El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha ratificado por sentencia lo que ya dictaminó el pasado mes de julio el Juzgado de lo Social número 4 de Santander, que condenaba a AMPROS y declaraba “que no es absorbible el concepto de plus de actividad mínimo exigible con la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI)”.
Una sentencia que vuelve a dar la razón a la Federación de Enseñanza de CCOO en Cantabria que viene denunciando esta situación desde hace más de un año, aguantando el intento de descrédito y las acusaciones de la Dirección de Ampros.
El conflicto en la empresa no era nuevo pero sí se vio agravado por la decisión de la Dirección de Ampros de reducir y hasta eliminar desde 2018 los complementos salariales establecidos en convenio colectivo en vigor para los trabajadores y trabajadoras de su Centro Especial de Empleo ante la subida del SMI a 735,90 euros mensuales. La empresa se ha negado a pagar unos complementos que eran independientes al SMI, tal y como ya sentenció el juzgado y ahora ratifica esta nueva sentencia del TSJC. La medida ha significado una pérdida salarial anual de hasta 600 euros para cada trabajador o trabajadora.
“Es muy gratificante ver cómo el TSJC ratifica la posición que desde la Federación de Enseñanza de CCOO en Cantabria hemos mantenido a favor de los derechos de los trabajadores y trabajadoras de Ampros. El problema viene de lejos, hay que remontarse hasta el año 2012 para entender el origen de la situación con la nulidad del Expediente de Regulación de Empleo (ERE) puesto en marcha por la empresa y que se ha seguido agravando con la cerrazón de la empresa ante las negociaciones de un nuevo convenio. Pedimos a Ampros que recapacite y haga caso a los fallos judiciales y acabe de una vez por todas con una situación que hace flaco favor a su personal”.

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