La Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior publica hoy en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) la resolución de la convocatoria de subvenciones a mancomunidades de municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2019 por importe de 300.000 euros, destinadas al mantenimiento de su organización administrativa, a la prestación de servicios municipales y al desarrollo de políticas de promoción local.
Las 20 agrupaciones de municipios que existen en Cantabria y que aglutinan alrededor del 70 % de la población, son las beneficiarias de estas ayudas con las que el Gobierno, ha recordado la consejera Paula Fernández, contribuye a financiar las estructuras supramunicipales "que permiten prestar servicios con mayor eficiencia y calidad para los ciudadanos".
Las mancomunidades que prestan servicios públicos de forma conjunta en servicios sociales, recogida de residuos sólidos urbanos, cultura, medio ambiente y otros, deben destinar el dinero recibido a financiar gastos corrientes, entendiendo por estos los así considerados por los presupuestos aprobados por las mancomunidades solicitantes, originados en el mantenimiento de la organización administrativa, en la prestación de servicios municipales y en el desarrollo de políticas de promoción local de las mancomunidades.
Quedan excluidos expresamente como gastos subvencionables los relativos a atenciones protocolarias, publicidad y propaganda, así como los derivados de viajes, manutención, dietas y desplazamientos. El ámbito temporal de estas ayudas es el ejercicio económico de 2019 y los gastos subvencionados tienen que corresponder a este año.
Las 20 agrupaciones de municipios que existen en Cantabria y que aglutinan alrededor del 70 % de la población, son las beneficiarias de estas ayudas con las que el Gobierno, ha recordado la consejera Paula Fernández, contribuye a financiar las estructuras supramunicipales "que permiten prestar servicios con mayor eficiencia y calidad para los ciudadanos".
Las mancomunidades que prestan servicios públicos de forma conjunta en servicios sociales, recogida de residuos sólidos urbanos, cultura, medio ambiente y otros, deben destinar el dinero recibido a financiar gastos corrientes, entendiendo por estos los así considerados por los presupuestos aprobados por las mancomunidades solicitantes, originados en el mantenimiento de la organización administrativa, en la prestación de servicios municipales y en el desarrollo de políticas de promoción local de las mancomunidades.
Quedan excluidos expresamente como gastos subvencionables los relativos a atenciones protocolarias, publicidad y propaganda, así como los derivados de viajes, manutención, dietas y desplazamientos. El ámbito temporal de estas ayudas es el ejercicio económico de 2019 y los gastos subvencionados tienen que corresponder a este año.
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