El Boletín Oficial de Cantabria publica hoy el extracto de la orden de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente por la que se convocan las ayudas para la realización de inversiones colectivas destinadas a la mejora de los pastizales de aprovechamiento común por parte de las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria en el año 2020, con una cuantía total máxima que asciende a 650.000 euros.
La finalidad de estas subvenciones es mejorar los pastizales de uso en común, ampliando y mejorando la calidad de los pastos comunales, como base de la alimentación de ganado bovino, ovino, caprino y equino, así como dotar a estos espacios de determinadas infraestructuras para el manejo de los animales, entendiendo los pastos comunales como un bien de nuestras zonas rurales que es necesario preservar y cuidar y que constituyen en sí mismos ecosistemas únicos en nuestros montes que son base de una ganadería respetuosa con el medio ambiente.
Los beneficiarios de este programa de subvenciones, que están contempladas en el Programa de Desarrollo Rural de Cantabria (PDRC) 2014-2020, serán las entidades locales que cuenten en su territorio con superficies comunales inscritas en el libro de inventario de la entidad y se utilicen por el ganado en régimen de pastoreo extensivo y las entidades locales arrendatarias o usufructuarias de pastos comunales que acrediten dicha condición mediante cualquier medio válido en derecho.
Como requisito, las entidades locales tienen que contar con una ordenanza de aprovechamiento de pastos, de obligado cumplimiento para todos los usuarios, y disponer de los permisos, licencias y autorizaciones administrativas que de conformidad con la normativa urbanística, medioambiental o cualquiera otra aplicable, sean preceptivas para la ejecución de las inversiones
En el caso de pastos de gestión mancomunada entre varias entidades locales, se considerará como de un solo solicitante con independencia de la entidad local que presente la solicitud.
El plazo de presentación de solicitudes será del 2 de enero al 4 de febrero de 2020, ambos inclusive. La documentación deberá dirigirse al consejero de Desarrollo Rural y se registrará en el registro principal de la Consejería (calle Albert Einstein, nº 2, en Santander) o en cualquiera de los lugares establecidos por la actual normativa.
La finalidad de estas subvenciones es mejorar los pastizales de uso en común, ampliando y mejorando la calidad de los pastos comunales, como base de la alimentación de ganado bovino, ovino, caprino y equino, así como dotar a estos espacios de determinadas infraestructuras para el manejo de los animales, entendiendo los pastos comunales como un bien de nuestras zonas rurales que es necesario preservar y cuidar y que constituyen en sí mismos ecosistemas únicos en nuestros montes que son base de una ganadería respetuosa con el medio ambiente.
Los beneficiarios de este programa de subvenciones, que están contempladas en el Programa de Desarrollo Rural de Cantabria (PDRC) 2014-2020, serán las entidades locales que cuenten en su territorio con superficies comunales inscritas en el libro de inventario de la entidad y se utilicen por el ganado en régimen de pastoreo extensivo y las entidades locales arrendatarias o usufructuarias de pastos comunales que acrediten dicha condición mediante cualquier medio válido en derecho.
Como requisito, las entidades locales tienen que contar con una ordenanza de aprovechamiento de pastos, de obligado cumplimiento para todos los usuarios, y disponer de los permisos, licencias y autorizaciones administrativas que de conformidad con la normativa urbanística, medioambiental o cualquiera otra aplicable, sean preceptivas para la ejecución de las inversiones
En el caso de pastos de gestión mancomunada entre varias entidades locales, se considerará como de un solo solicitante con independencia de la entidad local que presente la solicitud.
El plazo de presentación de solicitudes será del 2 de enero al 4 de febrero de 2020, ambos inclusive. La documentación deberá dirigirse al consejero de Desarrollo Rural y se registrará en el registro principal de la Consejería (calle Albert Einstein, nº 2, en Santander) o en cualquiera de los lugares establecidos por la actual normativa.
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