viernes, 1 de diciembre de 2017

Santander: La mediación intrajudicial permite el acuerdo en uno de cada cuatro casos sometidos a este proceso


La mediación intrajudicial, sistema introducido este verano en los juzgados de familia de Santander, ha permitido hasta el momento que uno de cada cuatro casos sometidos a este proceso haya alcanzado un acuerdo, sin necesidad de que sea el juez quien tome una decisión sobre el litigio planteado.
Además, casi la mitad de las exparejas que los juzgados de familia han derivado al sistema de mediación para resolver algún conflicto han decidido someterse a este proceso, en el que, con la ayuda de un mediador, las partes tratan de ponerse de acuerdo sobre alguna discrepancia relativa a los hijos que tienen en común.
Así se ha puesto de manifiesto en una jornada sobre la materia organizada por el Consejo de Poder Judicial de Cantabria (CGPJ) en el Complejo Judicial de Las Salesas en la que han intervenido el consejero de Presidencia y Justicia, Rafael de la Sierra, y el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), José Luis López del Moral, junto a la letrada del Gabinete Técnico de Mediación del Consejo, Ana María Carrascosa.
De la Sierra y López Moral han considerado "positivos" los resultados del proyecto piloto de mediación familiar en Cantabria, puesto en marcha a finales de junio de este año, en virtud del convenio en el que el Gobierno de Cantabria, los colegios de Abogados y Procuradores, la Asociación de Mediación (AMECAN) y la Asociación de Derecho Colaborativo se unieron para poner en marcha este sistema, en colaboración con el Poder Judicial en la región.
El consejero de Justicia ha opinado que la "clave" de la buena marcha del proyecto piloto es que el Poder Judicial y el Gobierno cántabro coinciden en las prioridades de actuación para la aplicación y desarrollo del sistema. Ha apuntado que ambas instituciones están convencidas de las bondades del sistema y de la necesidad de impulsar un cambio de mentalidad que "debe imponerse en la sociedad y en el propio sistema de forma paulatina".
"Estamos en una fase inicial, pero de cara al futuro se dotarán de más medios al sistema", se ha comprometido el consejero, y ha puesto el ejemplo a los mediadores que actualmente realizan el trabajo de forma altruista y que deberá reconocerse su figura de forma adecuada.
Por su parte, López Moral ha considerado acertado que el proyecto se haya iniciado en el ámbito de la familia en los juzgados de Santander, siendo un nuevo servicio incorporado a la cartera de servicios de la Administración de Justicia en Cantabria.
De cara al futuro, según ha indicado, el desarrollo del sistema se realizará de forma progresiva y a él se sumarán más órganos y partidos judiciales del ámbito de familia, incluida la sección especializada de la Audiencia Provincial. También se estudiará incorporar al sistema intrajudicial otros asuntos de la jurisdicción civil.
"Queremos que la mediación se incorpore como un recurso más a la cartera de servicios de la Administración de Justicia de Cantabria y habremos alcanzado así el objetivo" que tienen el Gobierno de Cantabria, el TSJC y el propio CGPJ a nivel nacional, ha señalado López del Moral.
El presidente del TSJC y el consejero han agradecido a todos los actores implicados su colaboración en el proyecto piloto, como es el caso de los jueces, magistrados, miembros de los colegios profesionales y mediadores.
Cómo es el sistema
A través de este sistema, se instaura un procedimiento dentro del ámbito judicial en el que las partes aceptan la intervención neutral de un mediador que facilitará que encuentren un acuerdo duradero y mutuamente aceptable.
La mediación familiar es un nuevo mecanismo de derivación dentro de los juzgados, que se puede iniciar en cualquier fase del litigio, incluso en la ejecución de la sentencia, con el fin de optimizar y facilitar el entramado de las relaciones e intereses personales y económicos y evitar incumplimientos.
Los juzgados derivan a este sistema asuntos relativos al ejercicio de la patria potestad, como la elección o cambio de colegio, la celebración de la comunión, los cumpleaños o las actividades extraescolares.
También proponen a las partes que se sometan a una mediación intrajudicial cuando hay peticiones de guarda y custodia compartida o incluso discrepancias concretas acerca del ejercicio del régimen de visitas.
Para el desarrollo del sistema piloto, el Gobierno de Cantabria, a través de la Consejería de Justicia, proporciona los medios materiales y personales y gestiona las actividades de mediación a través del Servicio de Mediación y Justicia Gratuita creado el pasado año.
Los colegios de Abogados y de Procuradores, AMECAN y la Asociación de Derecho Colaborativo de Cantabria facilitan, por su parte, al Servicio de Mediación del Gobierno de Cantabria un listado de mediadores que cumplan con los requisitos legales.
La mediación intrajudicial se lleva conforme a unas recomendaciones de actuación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), así como de una guía de actuación elaborada por el Gobierno de Cantabria, en colaboración con los órganos judiciales, en la que se fijan los pasos para que un conflicto que pueden ser objeto de mediación.
Entre otras acciones, esta guía establece que la evaluación y selección de los casos de derivación a mediación la realizará inicialmente el juez que conoce del asunto litigioso, que podrá invitar a las partes a que intenten un acuerdo que ponga fin al proceso judicial, instándoles a que asistan a una primera sesión informativa.
El órgano judicial podrá en cualquier momento del proceso proponer la derivación del conflicto a mediación o bien si alguna de las partes lo solicita, comunicándolo al Servicio de Mediación del Gobierno de Cantabria y emplazando a las partes a la sesión informativa, a la que podrán asistir también con sus abogados.
La derivación a mediación no implicará necesaria la suspensión del proceso judicial, evitando dilaciones indebidas y que la mediación constituya mecanismo para retrasar la tramitación de los procedimientos judiciales, todo ello sin perjuicio de la posibilidad de las partes de solicitar, a través de sus representantes, la suspensión del proceso.
El plazo máximo para realizar la sesión informativa presencial será de siete días hábiles desde la notificación de la resolución. Esta primera sesión tendrá lugar en sede judicial, tras lo cual el mediador remitirá la ficha correspondiente con el resultado de lo acontecido al Servicio de Mediación autonómico y este, a su vez, al órgano judicial.
En el caso de que las partes decidan iniciar el proceso conciliador, el Servicio de Mediación del Gobierno procederá a designar un mediador definitivo, bien a propuesta de las partes o de forma directa, si no existiera un acuerdo.
El procedimiento de mediación podrá concluir en acuerdo sobre una parte o la totalidad de las materias sometidas a mediación, o finalizar sin alcanzar un acuerdo.
En el caso de haber alcanzado un acuerdo, este se incorporará al proceso judicial por medio de los abogados y procuradores, con sus correspondientes consecuencias procesales. Si no es así, se continuarán con los trámites judiciales.

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