La conciliación vuelve a estar de actualidad. La vuelta al cole está generando una enorme cantidad de incertidumbres tanto en las condiciones de seguridad en las que se realizará este regreso a las aulas como en la gestión de los brotes en los centros escolares. Además, la vuelta a las oficinas para muchos trabajadores está cada vez más cerca. Y los rebrotes siguen disparados.
En estas circunstancias, la primera de las preocupaciones que le surgen a los padres es cómo hacer posible la conciliación laboral y familiar. ¿Cómo organizar la vida y el trabajo en el caso de que un niño tenga que guardar cuarentena por ser positivo en covid-19 o por haber estado en contacto con alguno?.
A la espera de conocer las novedades legislativas que pueda haber sobre conciliación en los próximos días, resumimos los mecanismos que tenemos actualmente para conciliar.
Derecho a solicitar teletrabajo
Tanto el Estatuto de los Trabajadores (ET) como la legislación aprobada durante el estado de alarma reconocen el derecho de los empleados a solicitar teletrabajo. En el caso de los decretos aprobados durante el estado de alarma, extienden las medidas a un período de tiempo indeterminado, como es la situación extraordinaria derivada de la crisis sanitaria por el coronavirus.
Aunque no se obliga a las empresas a concederlo, sí se exige demostrar que han analizado la petición y, en caso de haber dado una respuesta negativa, justificarla con razones organizativas o producción.
Modificación del artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores: jornada a la carta
El año pasado se modificó el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores para introducir la bautizada como jornada a la carta para favorecer la conciliación.
Las personas trabajadoras tienen derecho a solicitar las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia, para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral.
Es decir, los trabajadores pueden solicitar la adaptación de su jornada laboral, sin reducir la misma ni, consecuentemente, su salario.
Plan MeCuida
En estas circunstancias, la primera de las preocupaciones que le surgen a los padres es cómo hacer posible la conciliación laboral y familiar. ¿Cómo organizar la vida y el trabajo en el caso de que un niño tenga que guardar cuarentena por ser positivo en covid-19 o por haber estado en contacto con alguno?.
A la espera de conocer las novedades legislativas que pueda haber sobre conciliación en los próximos días, resumimos los mecanismos que tenemos actualmente para conciliar.
Derecho a solicitar teletrabajo
Tanto el Estatuto de los Trabajadores (ET) como la legislación aprobada durante el estado de alarma reconocen el derecho de los empleados a solicitar teletrabajo. En el caso de los decretos aprobados durante el estado de alarma, extienden las medidas a un período de tiempo indeterminado, como es la situación extraordinaria derivada de la crisis sanitaria por el coronavirus.
Aunque no se obliga a las empresas a concederlo, sí se exige demostrar que han analizado la petición y, en caso de haber dado una respuesta negativa, justificarla con razones organizativas o producción.
Modificación del artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores: jornada a la carta
El año pasado se modificó el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores para introducir la bautizada como jornada a la carta para favorecer la conciliación.
Las personas trabajadoras tienen derecho a solicitar las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia, para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral.
Es decir, los trabajadores pueden solicitar la adaptación de su jornada laboral, sin reducir la misma ni, consecuentemente, su salario.
Plan MeCuida
El artículo 6 del Real Decreto-ley 8/2020 regula el Plan MeCuida, que establece que los trabajadores que acrediten deberes de cuidado respecto de familiares tendrán derecho a acceder a la adaptación de su jornada, lo que también incluye la prestación del trabajo a distancia.
La vigencia del Plan MeCuida para solicitar la conciliación finaliza el 21 de septiembre, sin que hasta el momento se haya prorrogado su vigencia.
Medidas de conciliación sujetas a la negociación con la empresa
Tanto la jornada a la carta como el Plan MeCuida están sujetos a negociación con la empresa. Empresa y trabajador deberán buscar una solución razonable y proporcionada que equilibre la situación familiar del empleado y las necesidades organizativas y productivas de la compañía. El objetivo: alcanzar un acuerdo que no perjudique ni a empresa ni a trabajador.
En caso de desacuerdo, la petición se resolverá en los juzgados a través de un procedimiento urgente y preferente. La vista se fijará en los cinco días posteriores a la admisión de la demanda y la sentencia deberá dictarse en los tres días siguientes. Contra la sentencia no cabrá recurso, salvo que fije indemnización por daños.
Solicitar reducción de jornada
Otra de las herramientas que los trabajadores tienen a su disposición para favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral es la reducción de jornada, que implica una reducción proporcional del salario.
La reducción de jornada deberá ser comunicada a la empresa con 24 horas de antelación, y podrá alcanzar el cien por cien de la jornada.
En caso de reducciones de jornada que lleguen al 100 %, el derecho de la persona trabajadora deberá estar justificado, y ser razonable y proporcionado en atención a la situación de la empresa. Desde USO consideran que la reducción de jornada para poder lograr la conciliación es una medida que perjudica a las familias, muchas de ellas ya afectadas por procesos de regulación temporal de empleo (ERTE). USO sigue defendiendo y exigiendo al Gobierno que apruebe permisos retribuidos para cuidado del menor si se registran brotes en los centros escolares.
En definitiva, los trabajadores necesitan que el Gobierno apoye a las familias para que puedan trabajar y no tener que renunciar a su trabajo o salario para cuidar de sus hijos si están en cuarentena o con síntomas compatibles con covid-19.
La vigencia del Plan MeCuida para solicitar la conciliación finaliza el 21 de septiembre, sin que hasta el momento se haya prorrogado su vigencia.
Medidas de conciliación sujetas a la negociación con la empresa
Tanto la jornada a la carta como el Plan MeCuida están sujetos a negociación con la empresa. Empresa y trabajador deberán buscar una solución razonable y proporcionada que equilibre la situación familiar del empleado y las necesidades organizativas y productivas de la compañía. El objetivo: alcanzar un acuerdo que no perjudique ni a empresa ni a trabajador.
En caso de desacuerdo, la petición se resolverá en los juzgados a través de un procedimiento urgente y preferente. La vista se fijará en los cinco días posteriores a la admisión de la demanda y la sentencia deberá dictarse en los tres días siguientes. Contra la sentencia no cabrá recurso, salvo que fije indemnización por daños.
Solicitar reducción de jornada
Otra de las herramientas que los trabajadores tienen a su disposición para favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral es la reducción de jornada, que implica una reducción proporcional del salario.
La reducción de jornada deberá ser comunicada a la empresa con 24 horas de antelación, y podrá alcanzar el cien por cien de la jornada.
En caso de reducciones de jornada que lleguen al 100 %, el derecho de la persona trabajadora deberá estar justificado, y ser razonable y proporcionado en atención a la situación de la empresa. Desde USO consideran que la reducción de jornada para poder lograr la conciliación es una medida que perjudica a las familias, muchas de ellas ya afectadas por procesos de regulación temporal de empleo (ERTE). USO sigue defendiendo y exigiendo al Gobierno que apruebe permisos retribuidos para cuidado del menor si se registran brotes en los centros escolares.
En definitiva, los trabajadores necesitan que el Gobierno apoye a las familias para que puedan trabajar y no tener que renunciar a su trabajo o salario para cuidar de sus hijos si están en cuarentena o con síntomas compatibles con covid-19.
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