La Consejería de Empleo y Políticas Sociales, a través del Servicio Cántabro de Empleo (EMCAN), publica hoy en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) la convocatoria para 2020 de dos subvenciones para apoyar la contratación de personas con discapacidad por un montante global de 420.000 euros.
Por un lado, se destinan 120.000 euros al programa de empleo con apoyo, como medida de fomento de empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, y por otro, 300.000 euros para financiar los costes laborales y de Seguridad Social derivados de la contratación indefinida de las unidades de apoyo a la actividad profesional en los centros especiales de empleo.
Según ha explicado la consejera Ana Belén Álvarez, estas ayudas forman parte de las medidas de apoyo a la contratación para las personas con discapacidad, un colectivo que se enfrenta con muchas dificultades para integrarse en el mercado laboral.
Contratación en el mercado ordinario
Son subvenciones destinadas a la financiación de programas de empleo con apoyo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, para que estos trabajadores cuenten con preparadores laborales que colaboren en su integración laboral.
Los beneficiarios son asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que suscriban el correspondiente convenio de colaboración con la empresa que va a contratar a las personas trabajadoras con discapacidad, y que serán quienes hagan esa labor de asistencia al trabajador.
Los requisitos que deben cumplir estas entidades es tener por objeto social, entre otros, la inserción laboral o la creación de empleo a favor de personas con discapacidad, contar en su plantilla con preparadores laborales especializados o comprometerse a incorporarlos, así como disponer de los recursos materiales necesarios que garanticen un desarrollo idóneo de los programas de empleo con apoyo.
También se pide que cuenten con experiencia acreditada en el desarrollo de programas de integración laboral de personas con discapacidad, que desarrollen las actividades de empleo con apoyo de modo gratuito, sin que quepa el cobro o el percibo de ningún tipo de cantidad o tarifa a personas trabajadoras o empresas.
Así mismo, pueden beneficiarse de estas ayudas las empresas y autónomos que contraten a las personas trabajadoras con discapacidad, siempre que cuenten en su plantilla con preparadores laborales especializados o se comprometan a incorporarlos, y que dispongan de los recursos materiales necesarios que garanticen un desarrollo idóneo de los programas de empleo con apoyo.
Las acciones previstas en esta orden serán objeto de cofinanciación al 50% por el Fondo Social Europeo, a través del Programa Operativo FSE de Cantabria 2014-2020, dentro de las actuaciones previstas en el Eje 2 destinadas a promover la inclusión social, luchar contra la pobreza y cualquier forma de discriminación.
Ayudas a los centros especiales de empleo
Esta línea de ayudas está destinada a financiar los costes laborales y de Seguridad Social derivados de la contratación indefinida de trabajadoras y trabajadores de las unidades de apoyo a la actividad profesional, en los centros especiales de empleo ubicados en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Los beneficiarios de estas subvenciones son las entidades titulares de los centros especiales de empleo y los centros en el caso de que tengan personalidad jurídica propia, y deben contar dentro de su plantilla con personas trabajadoras con discapacidad y con unidades de apoyo a la actividad profesional, con la composición establecida en la orden de ayudas.
El Gobierno de Cantabria, a través del Servicio Cántabro de Empleo, ha destinado en 2019 más de 8,5 millones de euros a los centros especiales de empleo.
En ambas ayudas, el plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de convocatoria. Las solicitudes deben presentarse en el modelo oficial, que figura publicado en la página web del Servicio Cántabro de Empleo: www.empleacantabria.es, debidamente selladas y firmadas por el representante legal de la entidad solicitante, en cualquiera de los registros que recoge la legislación vigente sobre esta materia.
El texto completo de las dos convocatorias se puede consultar en los siguientes enlaces: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/491728 y ps://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/491779.
Por un lado, se destinan 120.000 euros al programa de empleo con apoyo, como medida de fomento de empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, y por otro, 300.000 euros para financiar los costes laborales y de Seguridad Social derivados de la contratación indefinida de las unidades de apoyo a la actividad profesional en los centros especiales de empleo.
Según ha explicado la consejera Ana Belén Álvarez, estas ayudas forman parte de las medidas de apoyo a la contratación para las personas con discapacidad, un colectivo que se enfrenta con muchas dificultades para integrarse en el mercado laboral.
Contratación en el mercado ordinario
Son subvenciones destinadas a la financiación de programas de empleo con apoyo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, para que estos trabajadores cuenten con preparadores laborales que colaboren en su integración laboral.
Los beneficiarios son asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que suscriban el correspondiente convenio de colaboración con la empresa que va a contratar a las personas trabajadoras con discapacidad, y que serán quienes hagan esa labor de asistencia al trabajador.
Los requisitos que deben cumplir estas entidades es tener por objeto social, entre otros, la inserción laboral o la creación de empleo a favor de personas con discapacidad, contar en su plantilla con preparadores laborales especializados o comprometerse a incorporarlos, así como disponer de los recursos materiales necesarios que garanticen un desarrollo idóneo de los programas de empleo con apoyo.
También se pide que cuenten con experiencia acreditada en el desarrollo de programas de integración laboral de personas con discapacidad, que desarrollen las actividades de empleo con apoyo de modo gratuito, sin que quepa el cobro o el percibo de ningún tipo de cantidad o tarifa a personas trabajadoras o empresas.
Así mismo, pueden beneficiarse de estas ayudas las empresas y autónomos que contraten a las personas trabajadoras con discapacidad, siempre que cuenten en su plantilla con preparadores laborales especializados o se comprometan a incorporarlos, y que dispongan de los recursos materiales necesarios que garanticen un desarrollo idóneo de los programas de empleo con apoyo.
Las acciones previstas en esta orden serán objeto de cofinanciación al 50% por el Fondo Social Europeo, a través del Programa Operativo FSE de Cantabria 2014-2020, dentro de las actuaciones previstas en el Eje 2 destinadas a promover la inclusión social, luchar contra la pobreza y cualquier forma de discriminación.
Ayudas a los centros especiales de empleo
Esta línea de ayudas está destinada a financiar los costes laborales y de Seguridad Social derivados de la contratación indefinida de trabajadoras y trabajadores de las unidades de apoyo a la actividad profesional, en los centros especiales de empleo ubicados en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Los beneficiarios de estas subvenciones son las entidades titulares de los centros especiales de empleo y los centros en el caso de que tengan personalidad jurídica propia, y deben contar dentro de su plantilla con personas trabajadoras con discapacidad y con unidades de apoyo a la actividad profesional, con la composición establecida en la orden de ayudas.
El Gobierno de Cantabria, a través del Servicio Cántabro de Empleo, ha destinado en 2019 más de 8,5 millones de euros a los centros especiales de empleo.
En ambas ayudas, el plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de convocatoria. Las solicitudes deben presentarse en el modelo oficial, que figura publicado en la página web del Servicio Cántabro de Empleo: www.empleacantabria.es, debidamente selladas y firmadas por el representante legal de la entidad solicitante, en cualquiera de los registros que recoge la legislación vigente sobre esta materia.
El texto completo de las dos convocatorias se puede consultar en los siguientes enlaces: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/491728 y ps://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/491779.
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