jueves, 31 de octubre de 2019

Torrelavega: El Pleno aprueba definitivamente la Ordenanza de Protección y Bienestar Animal con el voto en contra de ACPT


Hoy se ha celebrado en Torrelavega Pleno ordinario correspondiente al mes de octubre. Una sesión en la que se ha aprobado definitivamente la Ordenanza Municipal reguladora de la Protección y el Bienestar Animal en el municipio con los votos de PRC, PSOE, PP, Torrelavega Sí y Ciudadanos y en contra de ACPT.
El concejal de Medio Ambiente, Salud Pública e Infraestructura Verde del Ayuntamiento de Torrelavega, José Luis Urraca Casal, lo ha definido como “un paso muy importante, el resultado es un alto nivel de protección, una herramienta fundamental para asegurar el bienestar animal en el día a día por parte de los servicios municipales, así como para garantizar la convivencia entre personas y animales”.
El texto fue aprobado con carácter inicial por el Pleno de la Corporación el pasado 23 de mayo, y tras resolverse las alegaciones presentadas, el texto definitivo fue dictaminado el pasado viernes en la Comisión de Medio Ambiente casi por unanimidad.
La nueva Ordenanza busca fomentar una mayor conciencia social y tratar a los animales como seres que sienten, proporcionarles atención, cuidados suficientes, ejercicio físico y descanso, alojamiento en buenas condiciones higiénico-sanitarias, protección frente a las inclemencias del tiempo y un entorno libre de estrés y sufrimiento.
El concejal de Medio Ambiente, responsable del área de Bienestar Animal, ha destacado el alto nivel de consenso alcanzado, “Entendiendo que el sufrimiento es común a todos los seres, en nuestro amor por los animales, nuestros fieles compañeros de vida, en aras de su protección y bienestar, hemos alcanzado un alto nivel de acuerdo y consenso. Más de dos años de trabajo dan hoy su fruto, con un texto normativo que ha incorporado y regulado numerosas aportaciones, porque el proceso ampliamente participativo ha sido realmente enriquecedor”.
Algunas obligaciones de los propietarios para garantizar el bienestar animal y la convivencia ciudadana
Entre las obligaciones de sus propietarios, se establecen las de suministrar una alimentación y bebida sana, adecuada y conveniente para su normal desarrollo o impedir que depositen sus deyecciones en aceras, paseos, jardines, o en cualquier espacio público o privado de uso común, procediendo en todo caso a la retirada y limpieza inmediata de las excreciones.
Se regula especialmente los lugares y la forma en que tienen que estar alojados los animales. Deben tenerse en buen estado sanitario y de limpieza. Los lugares destinados para alojamiento y zona de recreo de animales de compañía deberán tener un mínimo de veinte metros cuadrados, cuando se trate de animales con peso superior a veinticinco kilos. Y de un mínimo de diez metros cuadrados cuando se trate de animales que no superen los veinticinco kilos
Los habitáculos de los animales que permanezcan la mayor parte del día en el exterior, deberán estar construidos con materiales impermeables que los protejan de las inclemencias meteorológicas, y ubicados de modo que los animales no estén expuestos de forma prolongada a la lluvia ni a la radiación solar.
No podrán tener como alojamiento habitual vehículos, patios de luces, balcones, galerías abiertas, azoteas, trasteros, o cualquier otro espacio que no les permita libertad de movimientos adecuados a sus necesidades etológicas
Los animales de compañía no podrán estar más de una hora en el interior de vehículos estacionados, debiendo estar ventilados en todo momento y con una temperatura inferior a 28 grados centígrados.
Cuando los animales de compañía deban permanecer atados durante más de ocho horas, o confinados en un emplazamiento de forma continuada durante más de tres; deberán ser paseados o ejercitados al menos una hora cada ocho, cuando se encuentren atados, una hora cada tres cuando se encuentren confinados.
Se prohíbe la estancia de animales en viviendas, terrazas, jardines, o cualquier otro anexo, cuando sus ladridos, maullidos, trinos, gritos u otros sonidos, perturben la convivencia, el descanso o la tranquilidad de los vecinos, o generen cualquier molestia. Los animales de compañía y las aves que se encuentren en domicilios, deberán pasar la noche (de 22,00 a 08,00 horas) en el interior de las viviendas.
Se prohíbe la circulación o permanencia de animales en las zonas de los parques destinadas a los niños o en su entorno, y en las piscinas públicas, salvo que se trate de perros de asistencia.
Se prohíbe la alimentación, reclamo, abrevado, o cualquier otro acto que atraiga a los animales silvestres urbanos, incluidas las palomas, tanto en espacios públicos como privados, caso por ejemplo de las terrazas.
Los titulares de establecimientos de hostelería podrán autorizar bajo su responsabilidad la entrada y permanencia de perros en las zonas de pública concurrencia. Tiendas, comercios o establecimientos similares, podrán autorizar bajo su responsabilidad la entrada de animales de compañía. Cuando se prohíba la entrada de perros deberán colocar carteles indicativos en lugares visibles próximos al acceso de los locales.
Se prohíbe realizar espectáculos itinerantes con animales, en circos, o en otras actividades análogas, si ello puede ocasionarles sufrimientos, o pueden ser objeto de burlas o trato indigno, así como exhibir animales en escaparates o en cualquier otro lugar, como reclamo de acciones publicitarias u otras actuaciones lucrativas. También se prohíbe utilizar animales como premio, reclamo publicitario, recompensa o regalo.
Se prohíbe el transporte de animales de compañía en maleteros totalmente cerrados y sin ventilación adecuada.
Igualmente queda prohibido el abandono de animales en el término municipal de Torrelavega. Por ello es obligatorio identificar mediante un microchip perros, gatos y hurones, e inscribirlos en el Registro de animales de compañía de Cantabria.
Las infracciones llevan aparejadas multas desde los 30 euros hasta los 3.000 euros
Se tipifican como Infracciones muy graves en otras, abandonar animales por parte de sus titulares, maltratar, agredir físicamente a los animales, someterlos a cualquier práctica que les produzca daños físicos o psicológicos muy graves. Lo mismo que mantener a los animales sin la alimentación e hidratación suficiente o en instalaciones inadecuadas.
Las multas van desde los 30 euros hasta 3.000 euros, aunque en el caso de los perros potencialmente peligrosos podrá ascender a 15.025 euros.
Sacrificio Cero a través de la identificación, esterilización, adopción y reducción del abandono
La Ordenanza establece el horizonte del sacrificio cero -principio inspirador de la Ordenanza- para el 31 de diciembre de 2024. Pero, y ahí radica la importancia del nuevo texto, introduce políticas a seguir por la Corporación Municipal para alcanzar ese objetivo en la práctica. Por ejemplo a través de campañas, acciones directas y de formación dirigidas específicamente a la identificación, esterilización, y adopción responsable de animales, lo que confiere un sentido realista a este propósito de la Corporación municipal y evita que se quede en una aspiración carente de rigor.
Entre esas medidas destaca cómo aumentará de 10 a 40 días el plazo que el Ayuntamiento tendrá que mantener los animales abandonados o extraviados en el centro de recogida. Y ello redundará en más plazo para que la gente pueda adoptar los animales abandonados.
Refuerza la colaboración con asociaciones y entidades de protección y defensa de los animales y centros veterinarios y establece la constitución de la Mesa municipal de protección y bienestar animal, que actuará como órgano de consulta, participación y asesoramiento al Ayuntamiento en materia de protección y bienestar animal.
La ordenanza extiende la prohibición de alimentar palomas a terrazas, balcones y azoteas particulares, obliga a impedir que los excrementos de los animales queden depositados en las vías o espacios públicos, y obliga a recoger las deyecciones.
Fomenta la constitución de colonias de gatos asilvestrados o ferales, al objeto de promover la protección, control y seguimiento de esas poblaciones felinas, previendo su gestión por personas físicas o entidades de protección y defensa de los animales,
Se han incorporado el 90% de las propuestas formuladas a lo largo de su tramitación, y por tanto se ha enriquecido el texto, que será una herramienta de trabajo fundamental con la nueva regulación, para que los servicios municipales puedan actuar en multitud de casos de maltrato o de problemas de convivencia.
ACPT ha votado en contra al considerar que se ha hecho al margen de varias de las asociaciones de protección animal que presentaron textos alternativos que no se tuvieron en cuenta y tres alegaciones que fueron rechazadas.
Para ACPT "es una ordenanza absolutamente corriente que se planteó como puntera y vanguardista en aspectos de protección animal pero justo en aquellos aspectos en los que se tenía que dar un paso adelante, en los que la voluntad política debiera haberse impuesto, como que Torrelavega fuera una ciudad sin espectáculos con animales no se ha redactado, no se ha impuesto". 
Para ACPT, "el concejal se ha escudado en los técnicos y no ha habido ningún tipo de criterio político. Se ha dejado un texto continuista sin ninguna complicación". 

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