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En su intervención, el consejero ha destacado que este logro supone un "revulsivo" para el desarrollo rural, ya que la producción alimentaria ligada al territorio y al modo de producción tradicional, "constituye una fuente de progreso clave" para estas comarcas.
Jesús Oria ha asistido acompañado por el alcalde Gregorio Alonso y otros ediles del Consistorio; la directora general de Pesca y Alimentación, Marta López, y el director de la Oficina de Calidad Alimentaria (ODECA), Fernando Mier, junto a otros técnicos de la Oficina, entre ellos la jefa de la Unidad de Apoyo Técnico, María Quintana.
Precisamente, Quintana, en su intervención, tras las palabras del alcalde de bienvenida y de satisfacción por haber alcanzado "esta importante distinción alimentaria para toda Liébana", ha hecho un resumen del trabajo desarrollado y el esfuerzo realizado para alcanzar esta DOP.
Por su parte, el titular de la Consejería, en su discurso, ha recordado también parte de esa importante labor desarrollada, cuando en el año 2004, en su primera legislatura como consejero del Gobierno, se constituye la `Asociación para el Fomento de la Miel de Calidad', y señalaba como uno de sus objetivos la consecución de una "Denominación de Calidad" para las mieles de Cantabria", lo que supondría no sólo preservar las características tradicionales de este producto, sino también la protección del nombre y, a partir de su registro, su uso exclusivo para los productores de la comarca.
Es a partir de ese año, 2004, cuando el sector empieza a estructurarse, comenzando los primeros estudios paidológicos y físico-químicos, que serían posteriormente el embrión para completar el expediente de solicitud de la DOP, con el único objetivo de proporcionar la identidad de la Miel de Liébana como elemento fundamental a la hora de articular el expediente de solicitud de la marca.
Por ello, Oria ha hecho hincapié que hoy "todos esos propósitos se han cumplido". Pero ha sido gracias al esfuerzo de un grupo de personas que, desde el primer momento, "creyeron que valía la pena que uno de los productos de gran arraigo en nuestra tierra fuese reconocido con el distintivo de la máxima calidad europea".
En este sentido, "la estrecha colaboración de la Asociación y la Consejería ha dado lugar a que ya podamos hablar de la Denominación de Origen Protegida `Miel de Liébana', ha manifestado, orgulloso, el consejero.
El pasado día 5 de abril, el diario Oficial de la Unión Europea (UE) publicó el registro de esta Denominación que, como se ha explicado a lo largo de la Jornada, constituye un esfuerzo de todos y un hecho por lo que debemos felicitarnos, consiguiendo, en resumen, valorar las características específicas de la Miel de Liébana por su método tradicional de elaboración y origen; salvaguardar el nombre contra usurpaciones e imitaciones; conseguir la defensa del consumidor ante prácticas injustas y falsificaciones, y servir como estrategia comercial del propio sector elaborador.
Por tanto, para concluir, el consejero responsable de la Alimentación ha señalado, con "profunda satisfacción", que, desde hoy, "podemos decir que la Denominación de Origen Protegida `Miel de Liébana' se incorpora al elenco de productos europeos tradicionales de calidad que, "por tradición, prestigio y reputación", han obtenido esta Denominación.
Finalmente, Jesús Oria ha querido dar las gracias y "mi más cordial y sincera enhorabuena" a todos los lebaniegos, ya sean productores o no productores; al Ayuntamiento, que se ha constituido como referencia en la promoción de este producto y que este año celebrará la sexta edición de la Feria de la Miel, así como hacer especial mención de agradecimiento a la `Asociación para la Promoción de la Denominación de Origen Miel de Liébana' y a su presidente, Rubén Varona, como solicitantes de la Denominación, que sin su trabajo y colaboración no hubiera sido posible alcanzar este resultado.
Cronología de un "registro"
El expediente administrativo de la petición de "Miel de Liébana" hasta alcanzar este reconocimiento de la administración comunitaria es largo en el tiempo y múltiple en las gestiones llevadas a cabo.
En el año 2004, se constituye la "Asociación para el Fomento de la Miel de Calidad" que, de alguna forma, constituye el inicio para el reconocimiento posterior de la Miel de Liébana.
Es a partir de ese año donde el sector se empieza a estructurar, comenzando las primeras iniciativas por parte de los apicultores para la creación de una figura que determine posteriormente la creación de una Asociación para la solicitud de la Denominación.
Bajo el paraguas de la Marca de Garantía `CC-Calidad Controlada', se publica, en el año 2005, la norma técnica de la Miel. En este momento, los apicultores comienzan a organizarse en torno a una estructura sobre la que se va adecuando su forma de producción y elaboración, bajo un sistema de calidad diferencial, comenzándose los primeros estudios palinológicos y físico-químicos, que sería posteriormente el embrión para completar el expediente de solicitud de la DOP.
Así, en el año 2009, con la colaboración de la Universidad de Cantabria (UC), y, en concreto, con el Departamento de Geografía, Urbanismo y Ordenación del Territorio, se elabora un estudio titulado `Relación entre la calidad y reputación de la miel en Liébana, y las características geográficas, ambientales y culturales de la comarca'.
Paralelamente, durante los años 2009 y 2010, tienen lugar los estudios cuyos objetivos son contribuir a la caracterización botánica y geográfica de la miel, determinando la composición físico-química, espectro polínico y su perfil sensorial. El objetivo era proporcionar la identidad de la miel de Liébana como elemento fundamental a la hora de montar el expediente de solicitud de la marca.
Se analizaron 21 muestras de mieles recién extraídas en estos dos años, aplicando el estudio de los parámetros de frescura y calidad, incluyendo, entre otros, pH y colorimetría. También se definieron qué características conducen a su determinación botánica y geográfica, y así diferenciarlos de otras fuentes.
Estos estudios se realizaron en una colaboración entre la Comunidad Autónoma de Cantabria y el Centro Agrario de Marchámalo (Guadalajara), reconocido laboratorio de referencia nacional e internacional especializado en estas determinaciones.
El 19 de julio de 2013, la "Asociación para la Promoción de la Denominación de Origen Miel de Liébana" solicita a la Oficina de Calidad Alimentaria (ODECA) la protección de la DOP Miel de Liébana, mediante una Denominación de Origen Protegida.
El 3 de agosto de 2013, se publica, en el Boletín Oficial del Estado (BOE) nº185, la Resolución de la Dirección de la ODECA por la que se da publicidad a la solicitud de registro de la denominación de origen protegida"`Miel de Liébana".
En el plazo establecido de dos meses desde la citada publicación en el BOE, no consta oposición a su inscripción.
Con fecha 17 de diciembre de 2013, se publicó, en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) Nº. 241, resolución favorable en relación con la solicitud de inscripción de la denominación de origen protegida "Miel de Liébana", comunicándolo al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a efectos de la transmisión de la solicitud a la Comisión y publicándolo en el BOC.
Con fecha 4 de abril de 2014, se publicó en el BOE Nº 82, Resolución de la Consejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural por la que se concede la protección nacional transitoria a la Denominación de Origen Protegida Miel de Liébana.
Por Orden GAN/45/2014, de 4 de julio de 2014, se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Protegida Miel de Liébana y de su Consejo Regulador.
El 20 de octubre de 2015, el Diario Oficial de la Unión Europea publicó, de acuerdo con el procedimiento de registro establecido en el Reglamento Comunitario 1151/2012, de 21 de noviembre, el `Documento Único' en el que se expone un resumen de las condiciones que la "Miel de Liébana" posee, para poder optar a obtener el máximo reconocimiento, dentro del apartado de figuras de calidad agroalimentarias registradas en la Unión Europea, la Denominación de Origen Protegida.
A partir de este momento y dentro de los tres meses siguientes a la fecha de publicación, se abrió el plazo para presentar ante la Comisión una notificación de oposición.
Finalmente, de acuerdo con el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/524 de la Comisión de 30 de marzo de 2016, (Diario Oficial de la Unión Europea de 5/4/2016), se publicó el registro de la Denominación "Miel de Liébana" (DOP), para su entrada en vigor a los veinte días de su publicación.
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