La Audiencia de Cantabria ha absuelto a una mujer afectada por las Participaciones Preferentes de Caja Cantabria y denunciada por Liberbank por pegar dos carteles con cinta adhesiva en una oficina de la entidad en los que reclamaba la devolución íntegra del dinero estafado. según informa la Plataforma.
De esta manera, la sección tercera de la Audiencia desestima el recurso de apelación interpuesto por el banco de Manuel Menéndez contra el fallo previo del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Torrelavega, fallo que ratifica al no apreciar falta de deslucimiento de bienes inmuebles o injurias, como denunció Liberbank.
Según la Plataforma, los hechos ocurrieron en septiembre de 2013, en el transcurso de una concentración de protesta en la oficina de Caja Cantabria en Cabezón de la Sal. En un momento dado, la mujer entró al cajero, y colocó en una pared y en la puerta de acceso a la oficina dos carteles con celo, en los que reclamaba al banco la devolución de su dinero.
Según la sentencia, dictada por la magistrada Almudena Congíl el pasado 16 de junio, el mero hecho de colocar con celofán o un adhesivo similar los citados carteles en modo alguno puede entenderse que desmerezca la estética del edificio, por lo que no se produce dicho deslucimiento. Afirma así mismo que la conducta de la mujer entra dentro del legítimo derecho a ejercer la libertad de expresión, crítica, protesta, reivindicación o reclamación.
Sobre las supuestas injurias, la sentencia de la Audiencia indica que en la frase de los carteles, 'devolución íntegra del dinero estafado', no es insultante o ultrajante, sino inocuo si se tienen en cuenta todas las circunstancias que rodean los hechos e imagen que la ciudadanía tiene de la entidad. Y es que el mensaje, dice la Magistrada, se produce en un contexto de grave conflicto entre preferentistas y entidades que han comercializado este producto, en nuestra región principalmente Caja Cantabria-Liberbank, contexto que ha trascendido a la opinión pública y ha generado no solo gran crispación social, sino numerosas demandas judiciales, algunas de las cuales han sido derivadas del ámbito civil al penal, y de las que se han hecho eco de forma reiterada los medios de comunicación
A ello se suma que una de las acepciones de la RAE para la palabra estafar es pedir o sacar dinero o cosas de valor con artificios y engaños y con el ánimo de no pagar. En este sentido, la sentencia de la Audiencia recuerda que tribunales civiles han dictando numerosas sentencias condenando a entidades, entre ellas Liberbank, a devolver las inversiones de los ciudadanos en preferentes o productos bancarios similares, por no haber informado correctamente o haber obrado con ocultación o mediando engaño.
En este conflicto se encuentra la mujer denunciada, que aún no ha recuperado su dinero. Por eso, entiende la jueza, colocar de forma totalmente pacífica en una oficina un cartel o pasquín exigiendo que se le devuelva su dinero estafado carece de aptitud suficiente para afectar a la fama o imagen externa que los ciudadanos tienen de la entidad.
Para la Plataforma de Afectados es un nuevo motivo de alegría esta sentencia, pues viene a respaldar su teoría de que protestar por los abusos de los que son víctimas todavía a día de hoy por parte de Caja Cantabria-Liberbank no sólo es necesario, sino legítimo. Porque mal ha estado que les engañasen y estafasen, pero que ahora también quieren taparles la boca, pretendiendo amordazarles con denuncias falaces e injustificadas cuando ellos tienen muchos motivos para callar, excediendo el límite de su paciencia. Por ello quieren reiterar su compromiso con la denuncia incansable de los abusos que Caja Cantabria-Liberbank ha cometido y comete contra los ahorradores de Cantabria.
De esta manera, la sección tercera de la Audiencia desestima el recurso de apelación interpuesto por el banco de Manuel Menéndez contra el fallo previo del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Torrelavega, fallo que ratifica al no apreciar falta de deslucimiento de bienes inmuebles o injurias, como denunció Liberbank.
Según la Plataforma, los hechos ocurrieron en septiembre de 2013, en el transcurso de una concentración de protesta en la oficina de Caja Cantabria en Cabezón de la Sal. En un momento dado, la mujer entró al cajero, y colocó en una pared y en la puerta de acceso a la oficina dos carteles con celo, en los que reclamaba al banco la devolución de su dinero.
Según la sentencia, dictada por la magistrada Almudena Congíl el pasado 16 de junio, el mero hecho de colocar con celofán o un adhesivo similar los citados carteles en modo alguno puede entenderse que desmerezca la estética del edificio, por lo que no se produce dicho deslucimiento. Afirma así mismo que la conducta de la mujer entra dentro del legítimo derecho a ejercer la libertad de expresión, crítica, protesta, reivindicación o reclamación.
Sobre las supuestas injurias, la sentencia de la Audiencia indica que en la frase de los carteles, 'devolución íntegra del dinero estafado', no es insultante o ultrajante, sino inocuo si se tienen en cuenta todas las circunstancias que rodean los hechos e imagen que la ciudadanía tiene de la entidad. Y es que el mensaje, dice la Magistrada, se produce en un contexto de grave conflicto entre preferentistas y entidades que han comercializado este producto, en nuestra región principalmente Caja Cantabria-Liberbank, contexto que ha trascendido a la opinión pública y ha generado no solo gran crispación social, sino numerosas demandas judiciales, algunas de las cuales han sido derivadas del ámbito civil al penal, y de las que se han hecho eco de forma reiterada los medios de comunicación
A ello se suma que una de las acepciones de la RAE para la palabra estafar es pedir o sacar dinero o cosas de valor con artificios y engaños y con el ánimo de no pagar. En este sentido, la sentencia de la Audiencia recuerda que tribunales civiles han dictando numerosas sentencias condenando a entidades, entre ellas Liberbank, a devolver las inversiones de los ciudadanos en preferentes o productos bancarios similares, por no haber informado correctamente o haber obrado con ocultación o mediando engaño.
En este conflicto se encuentra la mujer denunciada, que aún no ha recuperado su dinero. Por eso, entiende la jueza, colocar de forma totalmente pacífica en una oficina un cartel o pasquín exigiendo que se le devuelva su dinero estafado carece de aptitud suficiente para afectar a la fama o imagen externa que los ciudadanos tienen de la entidad.
Para la Plataforma de Afectados es un nuevo motivo de alegría esta sentencia, pues viene a respaldar su teoría de que protestar por los abusos de los que son víctimas todavía a día de hoy por parte de Caja Cantabria-Liberbank no sólo es necesario, sino legítimo. Porque mal ha estado que les engañasen y estafasen, pero que ahora también quieren taparles la boca, pretendiendo amordazarles con denuncias falaces e injustificadas cuando ellos tienen muchos motivos para callar, excediendo el límite de su paciencia. Por ello quieren reiterar su compromiso con la denuncia incansable de los abusos que Caja Cantabria-Liberbank ha cometido y comete contra los ahorradores de Cantabria.
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