El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publica hoy la orden del Servicio Cántabro de Empleo, organismo integrado en la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, dotada con 28 millones de euros, que regula la contratación por las entidades locales de más de 4.000 personas desempleadas para la realización de más de 700 proyectos de competencia municipal de interés general y social con el objetivo de procurarles "experiencia profesional y mejora de su ocupabilidad".
Además de los 28 millones de euros destinados a la orden de Corporaciones Locales 2015, el Gobierno de Cantabria mantendrá y/o incrementará el resto de partidas para políticas municipales de empleo.
Novedades de la orden
En la orden se introducen, además, varias novedades. La principal es la dotación presupuestaria de la orden, que asciende a 28 millones de euros –el doble que en 2014, cuando por primera vez se duplicó la cuantía tradicional de la orden, lo que da la posibilidad de contratar al doble de personas.
Además, se incrementa la remuneración a los beneficiarios, y los grupos de cotización 1 y 2 percibirán 1.500 euros al mes, mientras que los grupos 3 a 11 percibirán 1.100 euros.
En esta convocatoria se incrementa el número de proyectos y, de esta forma, los de más de 20.000 habitantes podrán presentar siete; los de entre 5.001 y 20.000 habitantes, cinco proyectos y los de una población inferior a 5.000 habitantes, un total de tres.
El número de trabajadores con los que podrán contar los municipios se establece en función del número de habitantes, con entre 60 y 320 trabajadores para municipios de entre 5.000 y 100.000, y se introduce la variable de la superficie para aquellos ayuntamientos que tienen menos de 5.000 habitantes, que podrán tener entre 20 y 60 trabajadores contratados.
Las solicitudes de subvención, acompañadas de la documentación requerida, se formularán en modelo oficial, el cual podrá conseguirse en la página Web del Servicio Cántabro de Empleo (www.empleacantabria.com) o será facilitado por este organismo, debiendo ser dirigidas a la directora del Servicio Cántabro de Empleo y presentadas en el Registro delegado del Servicio Cántabro de Empleo (Paseo General Dávila 87, CP 39006, Santander) o en las demás formas a que hace referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales, contados a partir del día siguiente al de publicación de esta orden en el BOC.
Además de los 28 millones de euros destinados a la orden de Corporaciones Locales 2015, el Gobierno de Cantabria mantendrá y/o incrementará el resto de partidas para políticas municipales de empleo.
Novedades de la orden
En la orden se introducen, además, varias novedades. La principal es la dotación presupuestaria de la orden, que asciende a 28 millones de euros –el doble que en 2014, cuando por primera vez se duplicó la cuantía tradicional de la orden, lo que da la posibilidad de contratar al doble de personas.
Además, se incrementa la remuneración a los beneficiarios, y los grupos de cotización 1 y 2 percibirán 1.500 euros al mes, mientras que los grupos 3 a 11 percibirán 1.100 euros.
En esta convocatoria se incrementa el número de proyectos y, de esta forma, los de más de 20.000 habitantes podrán presentar siete; los de entre 5.001 y 20.000 habitantes, cinco proyectos y los de una población inferior a 5.000 habitantes, un total de tres.
El número de trabajadores con los que podrán contar los municipios se establece en función del número de habitantes, con entre 60 y 320 trabajadores para municipios de entre 5.000 y 100.000, y se introduce la variable de la superficie para aquellos ayuntamientos que tienen menos de 5.000 habitantes, que podrán tener entre 20 y 60 trabajadores contratados.
Las solicitudes de subvención, acompañadas de la documentación requerida, se formularán en modelo oficial, el cual podrá conseguirse en la página Web del Servicio Cántabro de Empleo (www.empleacantabria.com) o será facilitado por este organismo, debiendo ser dirigidas a la directora del Servicio Cántabro de Empleo y presentadas en el Registro delegado del Servicio Cántabro de Empleo (Paseo General Dávila 87, CP 39006, Santander) o en las demás formas a que hace referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales, contados a partir del día siguiente al de publicación de esta orden en el BOC.
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