La Consejería de Educación, Formación Profesional y Turismo publica hoy las instrucciones que regirán el desarrollo del segundo cuatrimestre del curso 2019/2020 e inicio del curso 2020/2021, en las enseñanzas dirigidas a personas adultas y en las enseñanzas de idiomas de régimen especial, con el fin de flexibilizar los currículos y adaptarlos a la evolución de la situación sanitaria originada por el COVID-19.
Las instrucciones, enviadas ya a los centros educativos en los que se imparte estas enseñanzas y que puede consultarse en la web www.educantabria.es, son de aplicación en los centros de educación de personas adultas (CEPA) y en los Centros de Educación Postobligatoria (CEPO) Bajo Deva, IES Lope de Vega e IES José Mª de Pereda, que imparten las enseñanzas de educación de personas adultas, así como en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma y los centros de educación de personas adultas autorizados para impartir el nivel básico de las enseñanzas de idiomas de régimen especial.
El objetivo principal de este conjunto de medidas, que se aplicarán en el ámbito del aprendizaje a lo largo de la vida, pasa por flexibilizar el currículo y la revisión de las programaciones didácticas para adaptarlas a la situación actual, así como la acentuación de aspectos básicos que aseguren la adquisición de competencias y la consolidación de los aprendizajes más significativos.
Las medidas contempladas en este documento recogen la necesidad de avanzar en la materia a un ritmo adecuado, garantizando la equidad, la igualdad de oportunidades y el carácter inclusivo de la educación. Los currículos, programaciones y actividades que se desarrollen durante este último periodo del curso en las enseñanzas conducentes a titulación tendrán especialmente en cuenta este contexto, y se flexibilizarán y adaptarán para ayudar a que su alumnado pueda alcanzarla.
El texto tiene como base, por un lado, las instrucciones publicadas el pasado 2 de abril, dirigidas al alumnado de Formación Básica Inicial, Educación Secundaria para personas adultas en régimen presencial y semipresencial, alumnado del curso de formación específica para el acceso a Ciclos Formativos de Grado Medio y programas de educación no formal, a las que ahora se suman las referidas a la educación a distancia y, por el toro, las instrucciones que en la misma fecha se publicaron para enseñanzas de idiomas de régimen especial.
El calendario del curso escolar en este tipo de enseñanzas mantiene los plazos fijados para el curso 2019-2020 y las actividades lectivas que se desarrollen durante este cuatrimestre se mantendrán, atendiendo siempre a las indicaciones de las autoridades sanitarias.
Enseñanzas de idiomas de Régimen Especial
En las enseñanzas de idiomas, se incide en la relevancia de la acción tutorial y de la orientación, tanto en los procesos de enseñanza-aprendizaje, como en la evaluación que ha primar a lo largo de este final curso. Se avanzará materia a un ritmo adecuado, teniendo en cuenta que se debe garantizar la equidad, la igualdad de oportunidades y el carácter inclusivo de la educación, y se fomentará el contacto periódico con el profesorado para atender las dificultades que puedan surgir.
Con este fin se revisarán las programaciones didácticas, a través de las propuestas que formule la Comisión de Coordinación Pedagógica, priorizando elementos fundamentales del currículo y poniendo el acento en aspectos básicos que aseguren el progreso en las distintas actividades de lengua y aquellos vinculados a la consolidación de los aprendizajes.
Dadas las circunstancias excepcionales de este fin de curso, se habilitará para el alumnado la opción de solicitar anulación de su matrícula antes de cerrar la evaluación. Esta posibilidad de anulación de matrícula queda recogida en el expediente académico, no tiene consecuencias negativas sobre el cómputo de límite de permanencia establecido para cursar enseñanzas de idiomas de régimen especial en modalidad oficial, y, además, posibilita la matrícula como antiguo alumno/a en el primer plazo de matrícula.
Por lo que respecta al formato a distancia ¡That`s English!, se podrá sustituir la prueba presencial final por una prueba administrada mediante los recursos telemáticos utilizados habitualmente en el desarrollo de esta enseñanza. Alternativamente, se podrá evaluar a partir de los datos obtenidos en las actividades desarrolladas por el alumnado a lo largo de su proceso de aprendizaje.
Por último, y en relación con la educación a distancia (educación secundaria para adultos y bachillerato a distancia), podrá sustituirse la prueba presencial final por una prueba por los medios telemáticos utilizados habitualmente en el desarrollo del curso, o bien evaluar al alumnado a partir de las actividades desarrolladas a lo largo del curso.
Las instrucciones, enviadas ya a los centros educativos en los que se imparte estas enseñanzas y que puede consultarse en la web www.educantabria.es, son de aplicación en los centros de educación de personas adultas (CEPA) y en los Centros de Educación Postobligatoria (CEPO) Bajo Deva, IES Lope de Vega e IES José Mª de Pereda, que imparten las enseñanzas de educación de personas adultas, así como en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma y los centros de educación de personas adultas autorizados para impartir el nivel básico de las enseñanzas de idiomas de régimen especial.
El objetivo principal de este conjunto de medidas, que se aplicarán en el ámbito del aprendizaje a lo largo de la vida, pasa por flexibilizar el currículo y la revisión de las programaciones didácticas para adaptarlas a la situación actual, así como la acentuación de aspectos básicos que aseguren la adquisición de competencias y la consolidación de los aprendizajes más significativos.
Las medidas contempladas en este documento recogen la necesidad de avanzar en la materia a un ritmo adecuado, garantizando la equidad, la igualdad de oportunidades y el carácter inclusivo de la educación. Los currículos, programaciones y actividades que se desarrollen durante este último periodo del curso en las enseñanzas conducentes a titulación tendrán especialmente en cuenta este contexto, y se flexibilizarán y adaptarán para ayudar a que su alumnado pueda alcanzarla.
El texto tiene como base, por un lado, las instrucciones publicadas el pasado 2 de abril, dirigidas al alumnado de Formación Básica Inicial, Educación Secundaria para personas adultas en régimen presencial y semipresencial, alumnado del curso de formación específica para el acceso a Ciclos Formativos de Grado Medio y programas de educación no formal, a las que ahora se suman las referidas a la educación a distancia y, por el toro, las instrucciones que en la misma fecha se publicaron para enseñanzas de idiomas de régimen especial.
El calendario del curso escolar en este tipo de enseñanzas mantiene los plazos fijados para el curso 2019-2020 y las actividades lectivas que se desarrollen durante este cuatrimestre se mantendrán, atendiendo siempre a las indicaciones de las autoridades sanitarias.
Enseñanzas de idiomas de Régimen Especial
En las enseñanzas de idiomas, se incide en la relevancia de la acción tutorial y de la orientación, tanto en los procesos de enseñanza-aprendizaje, como en la evaluación que ha primar a lo largo de este final curso. Se avanzará materia a un ritmo adecuado, teniendo en cuenta que se debe garantizar la equidad, la igualdad de oportunidades y el carácter inclusivo de la educación, y se fomentará el contacto periódico con el profesorado para atender las dificultades que puedan surgir.
Con este fin se revisarán las programaciones didácticas, a través de las propuestas que formule la Comisión de Coordinación Pedagógica, priorizando elementos fundamentales del currículo y poniendo el acento en aspectos básicos que aseguren el progreso en las distintas actividades de lengua y aquellos vinculados a la consolidación de los aprendizajes.
Dadas las circunstancias excepcionales de este fin de curso, se habilitará para el alumnado la opción de solicitar anulación de su matrícula antes de cerrar la evaluación. Esta posibilidad de anulación de matrícula queda recogida en el expediente académico, no tiene consecuencias negativas sobre el cómputo de límite de permanencia establecido para cursar enseñanzas de idiomas de régimen especial en modalidad oficial, y, además, posibilita la matrícula como antiguo alumno/a en el primer plazo de matrícula.
Por lo que respecta al formato a distancia ¡That`s English!, se podrá sustituir la prueba presencial final por una prueba administrada mediante los recursos telemáticos utilizados habitualmente en el desarrollo de esta enseñanza. Alternativamente, se podrá evaluar a partir de los datos obtenidos en las actividades desarrolladas por el alumnado a lo largo de su proceso de aprendizaje.
Por último, y en relación con la educación a distancia (educación secundaria para adultos y bachillerato a distancia), podrá sustituirse la prueba presencial final por una prueba por los medios telemáticos utilizados habitualmente en el desarrollo del curso, o bien evaluar al alumnado a partir de las actividades desarrolladas a lo largo del curso.
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