El comercio contará en 2020 con diez domingos y días festivos de apertura autorizada. El Boletín Oficial de Cantabria ha publicado en su edición de hoy el nuevo calendario para el próximo año por el que se establecen los domingos y días festivos en los que se permitirá la apertura de establecimientos comerciales de más de 300 metros cuadrados.
El calendario aprobado por la Consejería de Innovación, Industria, Transporte y Comercio cumple de manera estricta lo establecido en el artículo 14.3 de la Ley del Comercio de Cantabria, el cual dispone que "el número máximo de domingos y días festivos en que los comercios podrán permanecer abiertos al público será de diez".
El consejero, Francisco Martín, ha subrayado que se conserva el acuerdo "al que se llegó por consenso" tras las intensas negociaciones que se mantuvieron con los agentes socioeconómicos, cámaras de comercio y organizaciones empresariales la legislatura pasada, y que también se han producido este año entre el director general de Industria, Energía y Minas, Raúl Pelayo, y todos los implicados (asociaciones de comercio minorista, asociaciones de grandes empresas de distribución, asociaciones de supermercados, sindicatos, empresarios y cámaras de comercio).
Martín ha indicado que la intención ha sido elegir los días más adecuados, tanto para la actividad comercial como para el consumidor, "atendiendo y respetando los criterios establecidos en la Ley del Comercio de Cantabria".
Para fijar el calendario para 2020 la Consejería ha seguido los criterios de coincidencia de dos festivos consecutivos, periodos de rebajas y/o aquellos de gran afluencia turística en Cantabria.
En concreto, se ha establecido que los comercios podrán abrir el 5 de enero, el 9 de abril, el 26 de julio, el 2, 9 y 16 de agosto, el 11 de octubre, el 29 de noviembre y el 6 y 27 de diciembre. La orden de la Consejería publicada en el BOC entrará en vigor el 1 de enero de 2020.
El calendario aprobado por la Consejería de Innovación, Industria, Transporte y Comercio cumple de manera estricta lo establecido en el artículo 14.3 de la Ley del Comercio de Cantabria, el cual dispone que "el número máximo de domingos y días festivos en que los comercios podrán permanecer abiertos al público será de diez".
El consejero, Francisco Martín, ha subrayado que se conserva el acuerdo "al que se llegó por consenso" tras las intensas negociaciones que se mantuvieron con los agentes socioeconómicos, cámaras de comercio y organizaciones empresariales la legislatura pasada, y que también se han producido este año entre el director general de Industria, Energía y Minas, Raúl Pelayo, y todos los implicados (asociaciones de comercio minorista, asociaciones de grandes empresas de distribución, asociaciones de supermercados, sindicatos, empresarios y cámaras de comercio).
Martín ha indicado que la intención ha sido elegir los días más adecuados, tanto para la actividad comercial como para el consumidor, "atendiendo y respetando los criterios establecidos en la Ley del Comercio de Cantabria".
Para fijar el calendario para 2020 la Consejería ha seguido los criterios de coincidencia de dos festivos consecutivos, periodos de rebajas y/o aquellos de gran afluencia turística en Cantabria.
En concreto, se ha establecido que los comercios podrán abrir el 5 de enero, el 9 de abril, el 26 de julio, el 2, 9 y 16 de agosto, el 11 de octubre, el 29 de noviembre y el 6 y 27 de diciembre. La orden de la Consejería publicada en el BOC entrará en vigor el 1 de enero de 2020.
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