El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publica hoy la Orden de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación que establece las normas generales que regulan la explotación de algas del género gelidium (caloca) por el sistema de arranque y convoca la campaña de este año 2018 en las aguas de competencia de la Comunidad Autónoma, pudiendo acceder a ella los buques inscritos en el Censo de Barcos de Arranque de Algas.
La campaña de arranque de algas, que suele comenzar cada año a principios del mes de julio, este año se verá retrasada hasta el día 9 de julio, como consecuencia de las malas condiciones oceanográficas que han reinado durante la primavera, época en la que se realiza la evaluación de los stocks disponibles para su explotación.
En el año 2017, dada la creciente demanda de embarcaciones interesadas en la extracción de este recurso, la Consejería puso en marcha un censo de barcos con el doble objetivo de regular la presión que se ejerce sobre la especie y fomentar las buenas prácticas en el ejercicio del buceo profesional.
En esta campaña podrán participar todos los buques que estén inscritos en el Censo de Barcos de Arranque de Algas y cumplan con el resto de requisitos que marca esta orden.
En concreto, deben disponer de todo el equipamiento preceptivo para el desarrollo de la actividad subacuática, debidamente certificado, cumpliendo lo señalado por la normativa vigente. Además, cada barco deberá cumplir con las normas de seguridad para el ejercicio de actividades subacuáticas establecidas en la orden de 14 de octubre de 1997.
Las zonas explotables y las zonas de veda con fines experimentales, así como los cupos a explotar en el litoral y los cupos de extracción diaria se determinarán mediante resolución de la Consejería, previamente al inicio de la campaña, conforme a lo que dictaminen los informes científicos realizados a tal efecto.
El periodo hábil semanal para realizar las tareas de extracción será de lunes a viernes, con un descanso obligatorio entre las 00:00 horas del sábado y las 24:00 horas del domingo.
Las algas se tienen que desembarcar en alguno de los puertos correspondientes al distrito marítimo en el que se realice la extracción, en cuyas lonjas serán pesadas y, en aplicación del decreto que regula la primera venta de los productos pesqueros, deberán venderse en lonja o establecimiento autorizado a la primera venta.
Solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de dos meses a contar a partir de mañana jueves, estarán dirigidas al Servicio de Actividades Pesqueras, de acuerdo al Anexo I que acompaña a la orden, y se podrán presentar en cualquier oficina del registro del Gobierno de Cantabria o de forma telemática. La documentación que deberá acompañar a la solicitud queda especificada en el anuncio del BOC.
La campaña de arranque de algas, que suele comenzar cada año a principios del mes de julio, este año se verá retrasada hasta el día 9 de julio, como consecuencia de las malas condiciones oceanográficas que han reinado durante la primavera, época en la que se realiza la evaluación de los stocks disponibles para su explotación.
En el año 2017, dada la creciente demanda de embarcaciones interesadas en la extracción de este recurso, la Consejería puso en marcha un censo de barcos con el doble objetivo de regular la presión que se ejerce sobre la especie y fomentar las buenas prácticas en el ejercicio del buceo profesional.
En esta campaña podrán participar todos los buques que estén inscritos en el Censo de Barcos de Arranque de Algas y cumplan con el resto de requisitos que marca esta orden.
En concreto, deben disponer de todo el equipamiento preceptivo para el desarrollo de la actividad subacuática, debidamente certificado, cumpliendo lo señalado por la normativa vigente. Además, cada barco deberá cumplir con las normas de seguridad para el ejercicio de actividades subacuáticas establecidas en la orden de 14 de octubre de 1997.
Las zonas explotables y las zonas de veda con fines experimentales, así como los cupos a explotar en el litoral y los cupos de extracción diaria se determinarán mediante resolución de la Consejería, previamente al inicio de la campaña, conforme a lo que dictaminen los informes científicos realizados a tal efecto.
El periodo hábil semanal para realizar las tareas de extracción será de lunes a viernes, con un descanso obligatorio entre las 00:00 horas del sábado y las 24:00 horas del domingo.
Las algas se tienen que desembarcar en alguno de los puertos correspondientes al distrito marítimo en el que se realice la extracción, en cuyas lonjas serán pesadas y, en aplicación del decreto que regula la primera venta de los productos pesqueros, deberán venderse en lonja o establecimiento autorizado a la primera venta.
Solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de dos meses a contar a partir de mañana jueves, estarán dirigidas al Servicio de Actividades Pesqueras, de acuerdo al Anexo I que acompaña a la orden, y se podrán presentar en cualquier oficina del registro del Gobierno de Cantabria o de forma telemática. La documentación que deberá acompañar a la solicitud queda especificada en el anuncio del BOC.
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