El diputado del Grupo Mixto, Juan Ramón Carrancio, pide la prolongación del servicio activo de los funcionarios, una vez alcanzada la edad legal de jubilación, hasta conseguir el periodo mínimo de cotización para tener derecho a jubilación contributiva o para alcanzar el periodo máximo y aumentar el periodo cotizado.
Carrancio ha registrado hoy una Proposición No de Ley en el Parlamento para que se modifique la Ley de Cantabria 2/2012, de 30 de mayo, de Medidas Administrativas, Económicas y Financieras para la ejecución del Plan de Sostenibilidad de los Servicios Públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
El diputado del Grupo Mixto recordó que en Cantabria, como en el resto de España, se ha sufrido una fuerte recesión económica que obligó a regular mediante Leyes especiales un durísimo reajuste en el gasto público en todos los sectores públicos que afectó a todo el personal funcionario al igual que al personal laboral y eventual al servicio de las instituciones autonómicas y nacionales.
En el caso de Cantabria, incide Carrancio, este reajuste se realizó mediante la Ley 2/2012, de 30 de mayo de Medidas Administrativas, Económicas y Financieras para la ejecución del Plan de Sostenibilidad de los Servicios Públicos. “El objetivo de esta Ley era la aceleración en la reducción del déficit y la sostenibilidad fiscal por la doble vía de reducción de gastos e incremento de los ingresos”, comentó.
Entre los muchos aspectos y sectores que se han visto afectados por dicha regulación, está la imposibilidad de los funcionarios de prolongar su permanencia en activo más allá de la edad legal de jubilación para poder alcanzar el periodo máximo de cotización o poder ampliar el cómputo de años cotizados, señaló Juan Ramón Carrancio.
“Tan solo se permite prolongar la permanencia en activo más allá de la edad de jubilación forzosa para alcanzar el periodo mínimo de cotización que les permita acceder a las prestaciones mínimas de jubilación”, remarcó.
Para Carrancio esta imposibilidad de prolongar el servicio activo en Cantabria contradice incluso las directrices del Gobierno de la Nación que es partidario de facilitar la jubilación más allá de la edad legal de jubilación a todos los funcionarios que deseen prolongar su vida laboral
Carrancio ha registrado hoy una Proposición No de Ley en el Parlamento para que se modifique la Ley de Cantabria 2/2012, de 30 de mayo, de Medidas Administrativas, Económicas y Financieras para la ejecución del Plan de Sostenibilidad de los Servicios Públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
El diputado del Grupo Mixto recordó que en Cantabria, como en el resto de España, se ha sufrido una fuerte recesión económica que obligó a regular mediante Leyes especiales un durísimo reajuste en el gasto público en todos los sectores públicos que afectó a todo el personal funcionario al igual que al personal laboral y eventual al servicio de las instituciones autonómicas y nacionales.
En el caso de Cantabria, incide Carrancio, este reajuste se realizó mediante la Ley 2/2012, de 30 de mayo de Medidas Administrativas, Económicas y Financieras para la ejecución del Plan de Sostenibilidad de los Servicios Públicos. “El objetivo de esta Ley era la aceleración en la reducción del déficit y la sostenibilidad fiscal por la doble vía de reducción de gastos e incremento de los ingresos”, comentó.
Entre los muchos aspectos y sectores que se han visto afectados por dicha regulación, está la imposibilidad de los funcionarios de prolongar su permanencia en activo más allá de la edad legal de jubilación para poder alcanzar el periodo máximo de cotización o poder ampliar el cómputo de años cotizados, señaló Juan Ramón Carrancio.
“Tan solo se permite prolongar la permanencia en activo más allá de la edad de jubilación forzosa para alcanzar el periodo mínimo de cotización que les permita acceder a las prestaciones mínimas de jubilación”, remarcó.
Para Carrancio esta imposibilidad de prolongar el servicio activo en Cantabria contradice incluso las directrices del Gobierno de la Nación que es partidario de facilitar la jubilación más allá de la edad legal de jubilación a todos los funcionarios que deseen prolongar su vida laboral
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