El Boletin Oficial de Cantabria (B.O.C.) publica hoy la convocatoria de 2.015 de subvenciones a favor de asociaciones de personas mayores y su bases reguladoras.
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las asociaciones de personas mayores legalmente constituidas, que carezcan de ánimo de lucro, tengan su domicilio social en el municipio de Torrelavega, se hallen inscritas en el Registro municipal de asociaciones en la categoría "Tercera Edad" y estén al corriente de sus obligaciones con la administración.
Serán objeto de subvención los proyectos, actividades y programas que estén relacionados con el envejecimiento saludable, la información comunitaria y la sensibilización sobre el envejecimiento, la autonomía personal y la dependencia, la participación social e integración en la comunidad de la personas mayores, la formación y el acceso de las persoas mayores a las nuevas tecnologías, la diversificación y aprovechamiento del tiempo libre, información cultural y didáctica, y el ocio saludable.
La actividad o el programa de actividadse subvencionado deberá llevarse a cabo entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2.015. El Ayuntamiento de Torrelavega destina 20.000 euros a esta convocatoria y las subvenciones, se podrán solicitarse para una sola actividad o para un conjunto de ellas debidamente detalladas.
La cuantía máxima de la subvención que se concede a cada solicitante no podrá superar los 7.000 euros ni el 70% del coste total de la actividad..
La cuantía máxima de la subvención que se concede a cada solicitante no podrá superar los 7.000 euros ni el 70% del coste total de la actividad..
Las solicitudes de subvención deberán ir dirigidas a la Concejalía delegada del área de Festejos y Tercera Edad y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento (plaza Baldomero Iglesias,4), de lunes a viernes, de 9.00 a 14.00 horas.
El plazo de presentación de solicitudes es de 30 días naturales contados a partir de mañana martes, día 23 de junio.
Otras ayudas
En el mismo Boletín se informa de la convocatoria de ayudas para la organización de festejos populares que tiene una consignación presupuestaria de 9.000 euros y la cuantía máxina de las ayudas que se concedab a cada solicitante no podrá superar los 900 euros y el importe de la subvención no podrá superar el 70% del coste de la actividad. Las bases establecen que los festejos deberán llevarse a cabo antes el 31 de diciembre,
Una tercera y última convocatoria relativa a financiar actividades de carácter social, de fomento de la participación ciudadana y de convivencia vecinal que cuenta con un presupuesto de 3.500 euros y prevé la concesión de 400 euros como máximo por solicitante.
Otras ayudas
En el mismo Boletín se informa de la convocatoria de ayudas para la organización de festejos populares que tiene una consignación presupuestaria de 9.000 euros y la cuantía máxina de las ayudas que se concedab a cada solicitante no podrá superar los 900 euros y el importe de la subvención no podrá superar el 70% del coste de la actividad. Las bases establecen que los festejos deberán llevarse a cabo antes el 31 de diciembre,
Una tercera y última convocatoria relativa a financiar actividades de carácter social, de fomento de la participación ciudadana y de convivencia vecinal que cuenta con un presupuesto de 3.500 euros y prevé la concesión de 400 euros como máximo por solicitante.
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