La Sección Sindical Estatal de SITB-USO en Bridgestone ha interpuesto una demanda ante la Audiencia Nacional contra la flexibilidad laboral prevista en el convenio colectivo que empresa, CC.OO y UGT firmaron el pasado año y que se ha estado aplicando en el transcurso de este año, según informa el sindicato en un comunicado.
A través de esta demanda, busca que se declare y reconozca la nulidad de seis artículos de este convenio colectivo de Bridgestone Hispania, que abarca hasta 2015 y que regula las condiciones de los trabajadores de Puente de San Miguel (Cantabria), Burgos, Basauri y Usansolo (Vizcaya).
SITB-USO explica que según lo que hay firmado en estos momentos, la empresa tiene un margen de 24 días al año para hacer descansar al trabajador en su horario de trabajo sin remuneración en los primeros 8 días; con un 40 por ciento de pago hasta el día 18, y con un 60% el resto.
En caso de que se trabaje en días de descanso, con exceso de jornada, las horas no se pagan extras hasta un tope de diez días anuales.
Para SITB-USO, la flexibilidad hay que contemplarla en los términos previstos en la Ley y "nunca" debe afectar al salario.
A su juicio, la flexibilidad firmada en Bridgestone por UGT, CC.OO y la empresa es "discriminatoria" porque "a igual puesto habrá diferente salario entre trabajadores".
A través de esta demanda, busca que se declare y reconozca la nulidad de seis artículos de este convenio colectivo de Bridgestone Hispania, que abarca hasta 2015 y que regula las condiciones de los trabajadores de Puente de San Miguel (Cantabria), Burgos, Basauri y Usansolo (Vizcaya).
SITB-USO explica que según lo que hay firmado en estos momentos, la empresa tiene un margen de 24 días al año para hacer descansar al trabajador en su horario de trabajo sin remuneración en los primeros 8 días; con un 40 por ciento de pago hasta el día 18, y con un 60% el resto.
En caso de que se trabaje en días de descanso, con exceso de jornada, las horas no se pagan extras hasta un tope de diez días anuales.
Para SITB-USO, la flexibilidad hay que contemplarla en los términos previstos en la Ley y "nunca" debe afectar al salario.
A su juicio, la flexibilidad firmada en Bridgestone por UGT, CC.OO y la empresa es "discriminatoria" porque "a igual puesto habrá diferente salario entre trabajadores".
Además, la sección sindical se muestra contraria a que el exceso de jornada sea abonado como horas normales. Esta demanda ha sido señalada por la Audiencia Nacional en Madrid el 3 de julio, a partir de las 10.30 horas. Ese mismo día se tiene previsto celebrar en la misma Audiencia Nacional el juicio de los compañeros de SNIACE.
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