viernes, 16 de marzo de 2018

Santander: Publicadas las ayudas 2018 a las cooperativas del sector pesquero y marisquero y otras asociaciones sin ánimo de lucro del mismo ámbito


El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publica hoy el extracto de la Orden de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación, de 8 de marzo, por la que se convocan para el año 2018 las ayudas a las cooperativas del sector pesquero y marisquero, y a otras Asociaciones sin ánimo de lucro en el mismo ámbito de la pesca y el marisqueo.
Tendrán la condición de beneficiarios de las presentes ayudas las cooperativas y las asociaciones sin ánimo de lucro del sector pesquero y marisquero de Cantabria, que cumplan con las condiciones previstas en esta Orden y no concurran en ellas ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, y cuyos fines interesen al desarrollo de la pesca extractiva profesional y el marisqueo.
La Orden MED/22/2017, de 12 de junio, que establece las bases reguladoras de las ayudas a las Cooperativas del sector pesquero y marisquero y otras Asociaciones sin ánimo de lucro en el ámbito de la pesca y el marisqueo, fue publicada en el BOC n.º 118, con fecha 20 de junio de 2017.
Actividades subvencionables y cuantía
Se consideran subvencionables las actividades de promoción de la comercialización y consumo de los productos de la pesca y el marisqueo, de divulgación, formación y transferencia, de colaboración con la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación o de asesoramiento externo.
En este contexto, se podrá conceder el 100% de los gastos realizados, siempre y cuando resulten subvencionables de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de bases reguladoras.
Las subvenciones a conceder durante el ejercicio 2018 disponen de una financiación total de 60.000 euros, repartidas en dos tramos de 30.000 euros para cooperativas del sector pesquero y a otras asociaciones.
Las ayudas establecidas en la presente convocatoria serán compatibles con cualquier otra concedida por otras administraciones públicas o por entidades públicas o privadas, siempre que la suma total de las ayudas no supere el importe establecido en el régimen de mínimis, fijado en 30.000 euros por cada beneficiario, sumados el ejercicio fiscal presente y los dos anteriores, tal como establece el artículo 3 del Reglamento (UE) 717/2014 de la Comisión, de 27 de junio de 2014.
Plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes a partir del día 17 de marzo, siguiente al de la publicación en el BOC del extracto de la convocatoria, utilizando para ello el modelo normalizado que se recoge en el anexo I, el cual se podrá obtener, en las dependencias del Servicio de Actividades Pesqueras de la Dirección General de Pesca y Alimentación, así como a través de Internet en la dirección: www.gobcantabria.es.
Las solicitudes se podrán presentar en el Registro de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación (C/ Albert Einstein, 2, PCTCAN, C.P. 39011 Santander), y en cualquier otro registro o lugar de los previstos en el artículo 105, de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, debiéndose adjuntar a la misma la documentación prevista en la Orden.
Asimismo, se podrán presentar las solicitudes a través de registros telemáticos conforme a las disposiciones de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. 

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