jueves, 15 de febrero de 2018

Torrelavega: Desde hoy se abre el plazo para solicitar la reducción en la tasa de agua, basura y alcantarillado


La concejala de Aguas, Verena Fernández, ha anunciado esta mañana que hoy se ha abierto el plazo para la solicitud de la reducción en la Tasa Municipal de Agua, Alcantarillado y Basura para este ejercicio 2018, solicitudes que se deberán recoger y presentar (solo por parte del solicitante) en las dependencias de Aguas Torrelavega, sita en la calle La Viña, con un plazo hasta el próximo 2 de abril.
Los requisitos para poder optar a esta reducción en la tasa son los siguientes; tratarse de personas jubiladas, pensionistas o acogidas al subsidio de desempleo; estar empadronadas en Torrelavega; o que los ingresos por todos los conceptos, de la unidad familiar, no superen el 110% del salario mínimo interprofesional, siendo para este año 809,49 euros.
Asimismo, ha añadido, se incluirán en la bonificación del 100% en la cuota fija de la tasa de uso doméstico aquellos contribuyentes cuya renta en la Unidad Familiar sea inferior a: 1 persona/SMI(809,49 euros); 2 personas/115% del SMI; 3 personas/120% del SMI; y 4 personas/125% del SMI. 
Otros requisitos que establece la convocatoria son carecer de bienes propios, salvo la vivienda que ocupen; titularidad de un solo vehículo con potencia fiscal inferior a 16 caballos fiscales; y consumo inferior a 30 metros cúbicos la primera persona y 15 metros cúbicos más, a partir de la segunda persona.
En cuanto a la documentación que se debe acompañar a la solicitud figura la declaración de miembros de la unidad familiar; autorización firmada del interesado para que el Ayuntamiento pueda recabar datos tributarios en la Agencia Tributaria al nivel de renta (IRPF); el último recibo del agua y el DNI.
Además, los jubilados y pensionistas deberán presentar una notificación del Instituto Nacional de la Seguridad Social sobre la revalorización de pensiones para 2018 tanto del solicitante como del cónyuge. Si éste último no percibe pensión, aportará un certificado negativo expedido por el citado INSS, o justificante de otras pensiones (clases pasivas, asistenciales…)
En todo caso, las personas que residan en el domicilio mayores de 18 años, deberán justificar documentalmente los ingresos que perciban o su situación laboral según proceda. 

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