viernes, 16 de diciembre de 2016

Alfoz de Lloredo: La Fiscalía no encuentra delito en la actuación del presidente de la Junta Vecinal de Novales


La Fiscalía ha archivado la denuncia formulada por Ignacio Javier Abril y Héctor Íñigo Gutiérrez, vocales de la Junta Vecinal de Novales, contra su presidente, Antonio Rodríguez, por irregularidades en la gestión de la entidad entre los años 2011 y 2015. Entiende la fiscalía que “no aparecen indicios de la comisión del ilícito penal denunciado”
Según la fiscal, todos los gastos referidos aparecen reflejados en la contabilidad de la entidad y las cuentas de la misma son, en todos los casos, aprobados en reunión plenaria de la Junta tras un periodo de publicidad anunciado en el Boletín Oficial de Cantabria, elaborados con la intervención de una gestoría y consta documentado el envío de tales cuentas para su fiscalización por el Tribunal de Cuentas año tras año.
“La realidad del sustento económico de los pagos ha sido justificado en la totalidad de los casos referidos a dicho periodo según la documentación aportada”, dice la fiscal, que añade que según la documentación aportada los pagos se hallan documentados por la secretaria de la Junta, acompañados de una minuta o relación sucinta de los mismos, incluyendo conceptos como desplazamientos, gastos de teléfono o gastos de trabajos realizados para la Junta.
Tiene en cuenta la fiscal que en 2005 se aprobó la adquisición de un teléfono móvil para su uso por la Junta Vecinal, “que obviamente habrá de suponer un gasto mensual” y que en 2011, se aprobó por unanimidad fijar una serie de indemnizaciones para los miembros de la Junta Vecinal, estableciéndose diferentes cantidades en función del lugar de destino, el kilometraje o el precio de los billetes, en su caso. “Y no deja de ser ciertamente muy llamativo que este Acuerdo de la Junta se reitera en términos casi idénticos en Junta de 22 de julio de 2015, a la cual asisten ya como vocales los propios denunciantes, y en la cual, por unanimidad, se aprueban de nuevo, estableciendo expresamente que el presidente tenga derecho al reintegro de 30 euros al mes por el gasto del teléfono”, destaca la fiscal insistiendo en que “todo ello, con el voto favorable de los propios denunciantes”, por lo que “considerar que tales gastos se hacen huérfanos de cualquier justificación o aprobación es sencillamente incierto”.
No obstante, se reconoce que la gestión desde la Junta es “poco rigurosa y ordenada”, lo que explica que tal sistema provocara reparos en la Administración Tributaria, “lo cual justificó la constitución en 2014 de una Asociación llamada Nacelagua, entre cuyas finalidades está la de participar en la organización de las fiestas”.
De los documentos obtenidos, se desprenden los pagos realizados para fiestas en los años de 2011 a 2014 y se recalca que “evidentemente las fiestas se celebraron en todos los casos y se ha contabilizado con exactitud en el balance de la entidad”. Así se desprende , por ejemplo, de las actas de la Junta de 28 de marzo de 2011, donde se acordó la aprobación de las fiestas con 4 votos a favor y una abstención; mientras en la junta de 8 de mayo de 2012, se aprueba pagar una subvención a la comisión para fiestas en la cantidad que falte después de recaudar por las casas y por el bar; o en la del 26 de diciembre de 2013, donde se aprueba dar una subvención a la asociación Nacelagua para las fiestas en la cantidad que falte después de recaudar pidiendo por las casas y en el bar.
Después de esto, la fiscalía reseña “lo peculiar” de que en la denuncia “se omita cualquier referencia a las fiestas del año 2015” y expone que “quizás ello tenga que ver con que en la Junta Vecinal celebrada el 22 de julio de 201, a la cual asistieron los propios denunciantes, se aprobó por unanimidad pagar a la comisión de fiestas una subvención de 8.000 euros por el coste de las orquestas contratadas por la comisión, lo cual no deja de ser muy peculiar, dado que los denunciantes niegan la existencia de la referida comisión”.
Respecto a los pagos realizados a favor de José Antonio Bárcena Gutiérrez, a que aluden los denunciantes en varias ocasiones, la fiscalía señala que consta que se refieren a la actividad profesional de éste, que es un taller de venta y reparación de maquinaria agrícola y que cada uno de los pagos se hace mediante cheque expedido en su favor por mandamiento de la Junta, unido a la factura o ticket de venta y contabilizado en cada caso. “No hallamos irregularidad alguna al respecto”, explican desde la fiscalía.
En cuanto a un pago a favor de Rafael Gómez del Rivero, en el ejercicio 2012, “se hace mediante varios cheques y previa aportación de factura que consta unida al mandamiento de pago y que detalla el trabajo realizado”. Además, desde la Junta se pidieron tres presupuestos a diversas empresas para realizar el trabajo, “examinados los cuales, dicho sea de paso, el más barato era el de la empresa de Rafael Gómez del Rivero”.

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